Teletrabajo

Teletrabajo en Perú: qué dice la ley, tus derechos y cómo aplicarlo en 2026

septiembre 16, 2026 Perú Derecho 12 min read

Datos comprobados en septiembre de 2026.

Qué es teletrabajo y qué modalidades reconoce la ley en Perú

El teletrabajo en Perú es la prestación de servicios subordinada sin presencia física en el centro de trabajo, usando plataformas y tecnologías digitales. Lo regula la Ley 30036 — Ley Que Regula el Teletrabajo como norma base y, de forma vigente y detallada, la Ley N.° 31572 y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo N.° 002-2023-TR. La clave es que no necesitas ir todos los días a la oficina de tu empleador en Lima, Arequipa o Trujillo para que el vínculo laboral sea válido.

La ley reconoce dos modalidades. El teletrabajo total es cuando trabajas todo tu horario fuera del local del empleador, por ejemplo desde tu domicilio declarado en Surco o desde una cabina con buena conectividad en Cusco. El teletrabajo parcial combina días remotos y días presenciales; el clásico esquema híbrido que muchas empresas peruanas usan de lunes a viernes. Ambas formas exigen acuerdo, registro y respeto de jornada.

La norma también distingue el lugar donde teletrabajas. Debes declarar un espacio habitual que cumpla condiciones mínimas de seguridad y conectividad, y comunicar cualquier cambio de domicilio temporal. El empleador puede verificar esas condiciones, coordinando contigo, y debe capacitarte en seguridad y salud en el trabajo y en uso de herramientas digitales.

No todo puesto califica. Si tu labor exige atención directa al público, manejo de maquinaria en planta o custodia física de valores, el empleador puede sustentar la incompatibilidad. Pero si tu tarea es por computadora y con entregables medibles, como atención por chat, diseño o contabilidad, el teletrabajo suele ser viable.

Modalidad Dónde trabajas Cómo se controla Formalidad en Perú
Teletrabajo total 100% fuera del centro de trabajo Por cumplimiento de objetivos y conectividad Acuerdo escrito y registro en T-Registro
Teletrabajo parcial / híbrido Parte en casa y parte en oficina Combinado: asistencia presencial + entregables Acuerdo escrito que fija días presenciales y remotos
Trabajo presencial 100% en el local del empleador Control de asistencia en planilla Contrato o acuerdo presencial

Diferencia entre teletrabajo, trabajo remoto y trabajo híbrido

Aquí se confunden muchos términos. El trabajo remoto fue una figura excepcional creada por el Decreto de Urgencia N.° 026-2020 durante la emergencia por COVID-19. Era temporal, se imponía por la crisis sanitaria y ya no rige como régimen vigente.

El teletrabajo, en cambio, es la figura permanente y actual bajo la Ley N.° 31572. Es voluntaria, reversible y con reglas claras sobre equipos, compensación de internet y energía, y desconexión digital. El trabajo híbrido no es una tercera ley distinta: es teletrabajo parcial, es decir, la combinación regulada dentro de la misma Ley N.° 31572.

El trabajo remoto por COVID ya no está vigente en Perú; si hoy trabajas desde casa, tu régimen es teletrabajo bajo la Ley N.° 31572, con acuerdo y registro.

Requisitos y formalidades para iniciar el teletrabajo

Para iniciar el teletrabajo en Perú necesitas acuerdo y trazabilidad. No basta un mensaje por WhatsApp; la ley pide que quede por escrito dónde, cómo y con qué teletrabajas, y que tu empleador lo registre.

  1. Verifica que el puesto sea teletrabajable. Revisa funciones, herramientas y si el servicio puede prestarse con TIC sin afectar la operación.
  2. Presenta tu solicitud por escrito al empleador. Indica si pides teletrabajo total o parcial y propone días y horario. Si ya eres presencial, pides cambio de modalidad.
  3. El empleador evalúa y responde en el plazo legal. La norma fija 10 días hábiles para responder la solicitud de cambio a teletrabajo; el silencio no es aprobación automática, exige respuesta motivada.
  4. Suscriben el acuerdo de teletrabajo. Debe constar por escrito: modalidad, lugar habitual donde teletrabajarás, duración, distribución de jornada, provisión de equipos o compensación por uso de los tuyos, y medidas de seguridad y salud.
  5. Declara tu lugar de teletrabajo. Consigna dirección exacta en Lima, Arequipa, Trujillo, Cusco o donde estés; si te mudas o viajarás semanas a otra ciudad, comunícalo antes.
  6. Registro en planilla electrónica. El empleador registra la modalidad en el T-Registro de la Planilla Electrónica administrada por SUNAT y el Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo (MTPE).
  7. Capacitación y entrega de equipos. Recibe formación en riesgos, ergonomía y ciberseguridad, y los equipos o la compensación pactada por internet y electricidad.
  8. Aplica la reversibilidad. Tanto tú como el empleador pueden pedir volver a la presencialidad con preaviso y motivación; la ley protege que no haya represalias por ejercer ese derecho.

La Ley N.° 31572 y su Reglamento, el Decreto Supremo N.° 002-2023-TR, exigen además que el acuerdo precise el sistema de control de asistencia y el respeto al derecho a la desconexión. Si teletrabajas para una entidad pública, la entidad verifica compatibilidad del puesto y disponibilidad presupuestal para equipos.

Documentos que necesitas y dónde presentarlos

Ten a mano los papeles antes de pedir el cambio, así evitas idas y vueltas con recursos humanos.

  • DNI vigente. Si eres extranjero, carné de extranjería o permiso correspondiente.
  • Contrato de trabajo o adenda de teletrabajo. Es el acuerdo escrito donde figura modalidad, lugar, jornada y compensación.
  • Solicitud de cambio de modalidad. Carta simple o formato interno de la empresa donde pides pasar a teletrabajo total o parcial.
  • Declaración del lugar de teletrabajo. Dirección y condiciones del espacio, incluso croquis simple si tu empleador lo pide para SST.
  • Inventario de equipos. Acta de entrega si la empresa te da laptop y accesorios, o constancia de uso de equipos propios.

Checklist para no olvidar nada:

  • [ ] Solicitud presentada con cargo de recepción y fecha
  • [ ] Adenda firmada por ambas partes con detalle de compensación por internet y luz
  • [ ] Copia del DNI y del contrato registradas en tu file personal
  • [ ] Registro en T-Registro verificado en tu boleta de pago
  • [ ] Capacitación de seguridad y salud en el trabajo recibida y firmada

Presentas todo ante tu empleador, en mesa de partes física o virtual, o por el correo laboral que la empresa habilite. Si trabajas en una sede de provincia y tu matriz está en Lima, el trámite se hace igual ante tu empleador directo; luego es él quien registra la modalidad en la planilla electrónica. Conserva cargos y correos: ante una inspección de SUNAFIL, esa trazabilidad te respalda.

Tus derechos como teletrabajador: equipos, compensaciones y desconexión

Como teletrabajador en Perú mantienes todos los derechos del régimen laboral general y sumas tres específicos del teletrabajo: equipos y conectividad, compensación de gastos y desconexión digital.

Primero, equipos. El empleador debe proporcionarte los equipos, herramientas y acceso a sistemas necesarios, o acordar que uses los tuyos con una compensación. No es tu obligación comprar una laptop de gama alta para cumplir si el puesto no lo exigía antes. Si te entrega equipos, firma el acta y cuídalos; el mantenimiento mayor sigue a cargo del empleador.

Segundo, compensación por internet y energía eléctrica. Cuando usas tus servicios, el empleador te compensa ese gasto. El monto no tiene naturaleza remunerativa, no genera aportes a EsSalud ni a ONP/AFP y no es computable para CTS o gratificaciones. En la práctica peruana de 2026, muchos acuerdos fijan entre 80 soles (PEN) y 120 soles (PEN) mensuales según consumo y jornada, pagados junto a la boleta. El valor exacto se pacta en la adenda y puede revisarse si cambian tarifas o tus días remotos.

Tercero, desconexión digital. Tienes derecho a 12 horas continuas de desconexión en cada periodo de 24 horas, además de tus días de descanso semanal y licencias. Fuera de tu jornada, no estás obligado a responder chats, correos o llamadas.

Derecho Qué implica en soles y tiempo (2026) Cómo se acredita
Equipos y soporte Entrega de laptop, software y soporte o compensación pactada Acta de entrega e inventario
Internet y luz Compensación mensual acordada, ejemplo 80 a 120 soles (PEN) Adenda + boleta de pago con concepto no remunerativo
Desconexión digital 12 horas continuas sin conexión por cada 24 horas Jornada pactada y registro de asistencia
Seguridad y salud Capacitación, evaluación de riesgos y pausas activas Constancias de capacitación del MTPE/empleador

Un matiz importante: la compensación no reemplaza tu remuneración. Tu sueldo mínimo sigue siendo al menos la remuneración mínima vital de 1.130 soles (PEN) al mes (2026), vigente desde el 1 de enero de 2025, y si te pagan menos estando a jornada completa, puedes reclamar. Para labores a tiempo parcial, el pago es proporcional.

Compensación de gastos y cómo se calcula

La ley no impone una tabla única; manda que el monto se acuerde entre partes y quede en la adenda. Para calcularlo sin pelearte, usa una fórmula simple y transparente.

Fórmula recomendada:

Compensación mensual = (costo mensual de internet asignable) + (costo mensual de electricidad asignable)

Donde cada sumando se estima como:

  • Internet asignable = tarifa mensual de tu plan × % de uso laboral
  • Electricidad asignable = consumo extra del teletrabajo en kWh × tarifa por kWh

Ejemplo con cifras reales de 2026:

Carla teletrabaja 5 días por semana como asistente administrativa para una empresa de Trujillo, desde su casa en Chiclayo. Acuerdan que usará su internet y su laptop.

  1. Internet: plan de 79,90 soles (PEN) al mes. Acuerdan 60% de uso laboral. 79,90 × 60% = 47,94 soles (PEN).
  2. Electricidad: estiman 25 kWh extra al mes por laptop, router y luz. Tarifa 0,95 soles (PEN) por kWh. 25 × 0,95 = 23,75 soles (PEN).
  3. Compensación total: 47,94 + 23,75 = 71,69 soles (PEN), que redondean a 80 soles (PEN) mensuales en la adenda, como concepto no remunerativo.

Si luego pasa a teletrabajo parcial de 3 días, recalculan el porcentaje y la compensación baja proporcionalmente, por ejemplo a 60 soles (PEN). Todo cambio debe constar en adenda firmada y reflejarse en la boleta. Si tu empleador ya te dio internet dedicado o te paga el recibo completo, no corresponde doble pago.

Obligaciones y jornada del teletrabajador

Teletrabajar no es trabajar sin horario. En Perú rige la jornada máxima de 8 horas al día o 48 horas a la semana (2026), según el Decreto Legislativo 728 — Ley de Fomento del Empleo y la normativa de jornada. Si tu régimen lo permite, puedes pactar horarios flexibles, pero siempre respetando el tope y el pago de horas extra con recargo de 25% las dos primeras horas y 35% desde la tercera (2026).

Tus obligaciones centrales son cinco: cumprir con disponibilidad en la franja acordada, cuidar los equipos y la información confidencial, reportar avances por los canales fijados, cumplir medidas de seguridad y salud en el trabajo y comunicar incidencias de conectividad o riesgos en tu lugar de teletrabajo. Si usas tu domicilio en Arequipa o en un distrito de Lima con cortes de luz frecuentes, avisa y acuerda un plan B.

El empleador, por su lado, debe respetar la desconexión de 12 horas continuas, llevar control de asistencia compatible con teletrabajo, capacitarte, evaluar riesgos y no exigir tareas fuera de jornada salvo horas extra pactadas y pagadas. Tampoco puede monitorearte con herramientas invasivas que vulneren tu intimidad; el control debe ser proporcional y avisado.

Plazos clave que no se te pueden pasar:

  • 10 días hábiles para que el empleador responda tu solicitud de cambio a teletrabajo, contados desde que presentas la carta con cargo.
  • Comunicación previa del cambio de lugar habitual de teletrabajo, con al menos 5 días hábiles de anticipación cuando la empresa lo exige en su reglamento interno.
  • Registro inmediato de la modalidad en T-Registro tras firmar la adenda, para que tu boleta refleje la condición.

Si el empleador niega el teletrabajo, debe motivar por escrito la incompatibilidad del puesto o razones organizativas. Si acepta, la reversibilidad queda abierta: cualquiera de las partes puede pedir el retorno a presencialidad con preaviso razonable. Ante incumplimiento, la vía es inspección ante SUNAFIL o demanda ante el Juzgado de Trabajo bajo la Ley 26636 — Ley Procesal del Trabajo, según tu régimen laboral.

Preguntas frecuentes

1. ¿Se puede acceder a puestos de teletrabajo en Perú sin tener experiencia previa?

Sí, aunque la mayoría de ofertas formales piden al menos seis meses de experiencia, hay convocatorias de nivel auxiliar en atención al cliente, digitación o soporte técnico que no la exigen; lo clave es acreditar conectividad estable, dominio de ofimática y disponibilidad horaria. Plataformas como Trabajando.pe, Computrabajo y la bolsa de empleo del MTPE filtran por "sin experiencia" y modalidad remota.

2. ¿Qué cambios tuvo la normativa de teletrabajo en Perú durante 2022?

El Decreto de Urgencia 026-2022 y su reglamento (D.S. 002-2023-TR) flexibilizaron el acuerdo escrito —permite medios electrónicos—, obligaron al empleador a cubrir costos de conexión y electricidad según uso real y crearon el derecho a la desconexión digital de doce horas continuas; todo ello vigente y aplicable en 2026.

3. ¿Qué funciones cumple el Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo respecto al teletrabajo?

El MTPE dicta la política nacional, fiscaliza el cumplimiento de la Ley 30036 y su reglamento a través de SUNAFIL, emite directivas técnicas —como la Guía de Buenas Prácticas 2023— y atiende consultas y denuncias en su portal institucional y en las Direcciones Regionales de Trabajo.

4. ¿Qué novedades trae el teletrabajo en Perú para 2026?

En 2026 rigen las mismas bases legales (Ley 30036, D.S. 002-2023-TR y D.U. 026-2022); la novedad práctica es la generalización del modelo híbrido en sector privado y la obligación de registrar el acuerdo de teletrabajo en el aplicativo "Registro de Teletrabajo" del MTPE dentro de los quince días de suscrito.

5. ¿Cuáles son los puntos clave de la ley de teletrabajo en Perú?

La Ley 30036 establece que el teletrabajo es voluntario, reversible y requiere acuerdo escrito; el empleador provee equipos y cubre costos de conectividad y electricidad, el trabajador mantiene idénticos derechos sindicales, de seguridad social y SCTR, y existe derecho a desconexión digital de doce horas; SUNAFIL sanciona el incumplimiento.

6. ¿Cómo regula SERVIR el teletrabajo en el sector público?

SERVIR, mediante la Directiva 003-2023-SERVIR/GDSRH y sus actualizaciones, autoriza el teletrabajo parcial (hasta tres días/semana) o total para servidores civiles bajo mérito de la jefatura, exige plan de trabajo semanal, metas medibles y reporte en el SIGP; los costos de conectividad los asume la entidad según escala por nivel remunerativo.

7. ¿Qué dispone la Ley 30036 de teletrabajo y su Reglamento?

La Ley 30036 (2013) crea el marco general: voluntariedad, igualdad de derechos, provisión de equipos y costos a cargo del empleador. Su Reglamento (D.S. 002-2023-TR) detalla el contenido obligatorio del acuerdo, la desconexión digital de doce horas, el registro en el aplicativo del MTPE y la fiscalización por SUNAFIL con multas de 0,5 a 25 UIT.

8. ¿Está actualizada la ley de teletrabajo en Perú?

Sí, el marco vigente en 2026 es la Ley 30036 modificada por el D.U. 026-2022 y reglamentada por el D.S. 002-2023-TR; no ha habido nuevas leyes posteriores, solo directivas sectoriales (SERVIR, MINEDU, MINSA) que la complementan.

9. ¿Qué dice la ley de teletrabajo aplicable en 2026?

El texto vigente es la Ley 30036 con las modificaciones del D.U. 026-2022 y su Reglamento D.S. 002-2023-TR: acuerdo escrito registrado en quince días, empleador cubre internet y luz según consumo real, desconexión digital mínima de doce horas, igualdad de derechos y fiscalización SUNAFIL con multas hasta 25 UIT.

Fuentes

  1. PjEl teletrabajo en el Perú | Revista de Derecho Procesal del Trabajoconsultado el 04/09/2026
  2. GobLey N.° 31572 – Congreso de la Repúblicaconsultado el 04/09/2026
  3. VinateatoyamaConoce las diferencias entre teletrabajo, trabajo remoto y trabajo …consultado el 04/09/2026
  4. BukTeletrabajo en el Perú: guía 2026 de la Ley N.° 31572 para empresas – Bukconsultado el 04/09/2026
  5. IndeedEmpleos de Teletrabajo – Indeedconsultado el 04/09/2026