Datos comprobados en septiembre de 2026.
El trabajo remoto en Perú ya no es una medida de emergencia y tiene su propia ley nacional que lo regula de principio a fin. Si trabajas desde casa en Lima, Arequipa o Trujillo, o si tu empresa evalúa implementar esta modalidad, aquí tienes qué dice la norma, cómo se acuerda y qué puedes exigir y qué debes cumplir.
Qué es el trabajo remoto en Perú y en qué se diferencia del teletrabajo y el trabajo presencial
Definición legal del trabajo remoto
El trabajo remoto en Perú es la prestación de servicios subordinada donde el trabajador realiza sus labores desde su domicilio o lugar de aislamiento, utilizando medios o mecanismos que posibiliten realizar las labores fuera del centro de trabajo, siempre que la naturaleza de las labores lo permita. Lo regula la Ley 31572, Ley del Teletrabajo, y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo 002-2023-TR. Aunque la ley se titula de teletrabajo, en Perú ese es el nombre oficial del actual trabajo remoto y sustituyó al régimen excepcional creado durante la pandemia.
La norma es nacional y vale igual en todo el país porque el Perú es un Estado unitario. No hay una ley distinta para Lima o para Cusco. Lo que sí puede variar por municipalidad son tasas o el trámite de una licencia si tu empleador necesita adecuar un local, pero los derechos laborales son los mismos en todo el territorio.
Diferencias clave entre modalidades
El trabajo presencial exige la presencia física en el centro de trabajo. El trabajo remoto actual, regulado por la Ley 31572, se basa en el acuerdo de partes, la voluntariedad y la reversibilidad, y en el uso de tecnologías de la información. El antiguo teletrabajo de la Ley 30036 quedó derogado y el trabajo remoto de emergencia del Decreto de Urgencia 026-2020 y sus prórrogas ya no está vigente como régimen general.
Esa diferencia es práctica: hoy no basta una comunicación unilateral del empleador para enviarte a casa. Se necesita tu acuerdo, formalizado por escrito, salvo las excepciones que la propia Ley 31572 prevé por razones debidamente justificadas.
| Característica | Trabajo presencial | Trabajo remoto Ley 31572 | Antiguo teletrabajo Ley 30036 |
|---|---|---|---|
| Norma vigente | Decreto Legislativo 728 y TUO del D. Leg. 854 | Ley 31572 y D.S. 002-2023-TR | Derogada |
| Lugar de trabajo | Centro de trabajo del empleador | Domicilio o lugar acordado | Domicilio o lugar acordado |
| Voluntariedad | No aplica | Sí, acuerdo escrito | Sí, pero con otra regulación |
| Equipos y conectividad | Los da el empleador en el local | Asumidos o compensados según acuerdo | Similar, con menos detalle |
| Control de jornada | Marcación en local | Mecanismos digitales y derecho a desconexión | Menos regulado |
Dónde aplica y a quién alcanza
Alcanza al sector privado bajo el régimen del Decreto Legislativo 728 y al sector público cuando la entidad lo implemente según su disponibilidad. En ambos casos, la prestación debe ser compatible con la modalidad a distancia y el empleador debe evaluar riesgos de seguridad y salud en el trabajo.
Requisitos para aplicar trabajo remoto y cómo se acuerda con tu empleador
Checklist para que el acuerdo sea válido en Perú
Antes de pasar a remoto, verifica estos puntos. Todos deben constar por escrito:
- Voluntariedad de ambas partes. Ni el trabajador ni el empleador pueden imponerlo de forma unilateral, salvo supuestos excepcionales previstos en la Ley 31572.
- Evaluación de que el puesto es compatible con la modalidad a distancia y que cuentas con conectividad y condiciones de seguridad.
- Definición del lugar donde prestarás el servicio, si será totalmente remoto o híbrido, y el horario o la forma de distribución de la jornada.
- Acuerdos sobre provisión o compensación de equipos, internet y energía eléctrica, y sobre medidas de seguridad y salud.
- Mecanismos de supervisión, canales de comunicación y reglas de confidencialidad y protección de datos.
- Plazo de duración del acuerdo y condiciones de reversibilidad, es decir, cómo y cuándo se vuelve a presencial.
Cómo se formaliza y dónde se registra
- Solicitud o propuesta. Cualquiera de las dos partes puede proponer el cambio. Hazlo por escrito, por correo corporativo o carta, indicando puesto, motivos y fecha propuesta de inicio.
- Evaluación del empleador. El empleador analiza la compatibilidad del puesto y las condiciones del domicilio. Si hay negativa, debe motivarla.
- Firma del acuerdo. Se firma contrato nuevo si es ingreso directo a remoto, o una adenda al contrato vigente si es un cambio de modalidad. Allí se detalla lugar, jornada, equipos, compensación y reversibilidad.
- Registro en planilla electrónica. El empleador debe registrar o actualizar tu situación en el T-Registro de SUNAT, consignando la modalidad de teletrabajo. Sin ese registro, ante una inspección de SUNAFIL la empresa no acredita la modalidad.
- Capacitación y entrega de equipos. El empleador te informa sobre riesgos, ergonomía y uso de herramientas digitales, y te entrega o compensa lo acordado.
La reversibilidad es clave en Lima, Arequipa o cualquier otra provincia: cualquiera de las partes puede pedir volver a presencial con un preaviso pactado. Si no hubo pacto sobre el plazo de preaviso, se aplica el que fija la Ley 31572 y su Reglamento, y el cambio se ejecuta una vez cumplido ese preaviso, sin que se considere un acto de hostilidad si sigue el procedimiento.
El acuerdo de trabajo remoto en Perú es voluntario, escrito y reversible, y debe reflejarse en tu contrato o adenda y en el T-Registro. Sin ese soporte, no hay modalidad válida ante el MTPE ni ante SUNAFIL.
Qué pasa si no hay acuerdo
Si tu empleador te niega el paso a remoto sin motivación o no responde dentro del plazo legal, puedes acudir a la vía interna y luego a SUNAFIL o al Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo para orientación. En el sector privado, el cambio de modalidad no puede usarse para recortar tu remuneración de 1.130 soles (PEN) en 2026 por la remuneración mínima vital ni tus beneficios como gratificaciones o CTS.
Derechos del trabajador remoto: desconexión, jornada y compensación
Jornada máxima y derecho a la desconexión
En Perú la jornada máxima es de 8 horas al día o 48 horas a la semana, según el TUO del Decreto Legislativo 854. En trabajo remoto esa regla se mantiene, aunque el control se haga por medios digitales y no por reloj marcador.
- Tienes derecho a la desconexión digital de al menos 12 horas continuas en un periodo de 24 horas. En ese lapso no estás obligado a responder mensajes, correos ni llamadas fuera de tu jornada, salvo casos de fuerza mayor o necesidades excepcionales debidamente justificadas.
- También rige el descanso semanal obligatorio y los feriados. Si trabajas en sobretiempo, se aplica el recargo de 25% por las dos primeras horas y 35% desde la tercera hora en adelante, conforme al TUO del Decreto Legislativo 854.
- Las horas extra deben ser acordadas y registradas. No se presumen por estar conectado.
| Concepto | Qué dice la norma en 2026 |
|---|---|
| Jornada máxima | 8 horas diarias o 48 semanales |
| Desconexión digital | 12 horas continuas cada 24 horas |
| Horas extra diurnas | +25% las dos primeras horas, +35% desde la tercera |
| Trabajo en feriado sin descanso sustitutorio | Pago triple: remuneración diaria + sobretasa de 100% |
Equipos, internet, energía y su compensación
El empleador puede proporcionar laptop, silla ergonómica, licencias y pagar directamente internet y energía, o compensarte si tú pones esos recursos. Si no hay acuerdo sobre el monto, la compensación por energía e internet no puede ser menor a 30 soles (PEN) mensuales en 2026. Ese piso busca cubrir parte del incremento de tu recibo de luz y tu plan de internet cuando trabajas desde casa en distritos como San Isidro, Miraflores o José Luis Bustamante y Rivero.
La compensación no tiene carácter remunerativo si se otorga como condición de trabajo para ejecutar la labor remota, por lo que no genera aportes a EsSalud de 9% (2026) a cargo del empleador ni descuentos para ONP de 13% (2026) o AFP de 10% (2026) más prima y comisión. Si tu empleador no la paga y tú asumes todo el costo, puedes requerirla por escrito y, de persistir el incumplimiento, reportarlo ante SUNAFIL.
Otros derechos que se mantienen intactos
- Remuneración no menor a 1.130 soles (PEN) en 2026 y asignación familiar de 113 soles (PEN) en 2026 si te corresponde.
- Gratificaciones de julio y diciembre de una remuneración completa cada una, más bonificación extraordinaria de 9% de la gratificación si estás en EsSalud o 6,75% si estás en EPS.
- CTS de alrededor de una remuneración al año, con depósitos hasta el 15 de mayo y 15 de noviembre.
- Vacaciones de 30 días calendario por año completo y utilidades según el Decreto Legislativo 892 si la empresa genera rentas.
- Igualdad y no discriminación, capacitación y protección frente al hostigamiento. El trabajo remoto no reduce tu categoría ni tu remuneración.
Ejemplo con cifras en soles
Carla trabaja en Trujillo como analista con sueldo de 2.800 soles (PEN) en 2026, en modalidad remota total. Su empleador no le entrega internet ni le compensa energía. Acuerdan compensación.
Si no llegan a un monto, aplica el piso de 30 soles (PEN) mensuales en 2026 por internet y energía. En un año, Carla debe recibir al menos 360 soles (PEN) por ese concepto, adicionales a su sueldo, sin que ese monto se considere parte de la base para CTS o gratificaciones. Si además hace 2 horas extra un día, esas horas se pagan con recargo de 25% cada una. Con valor hora de 11,67 soles (PEN) (2.800 / 30 / 8), cada hora extra vale 14,58 soles (PEN), y por dos horas son 29,16 soles (PEN) extra ese día.
Obligaciones del trabajador y del empleador en el Perú
Tabla de obligaciones de cada parte
| Parte | Obligaciones principales | Qué implica en la práctica |
|---|---|---|
| Trabajador | Cumplir jornada y entregables, cuidar equipos, cumplir medidas de seguridad, guardar confidencialidad | Te conectas en el horario pactado, reportas avances, usas VPN y claves, y no divulgas información sensible |
| Empleador | Evaluar puesto, formalizar acuerdo, registrar en T-Registro, proveer o compensar medios, capacitar en SST | Firma adenda, registra modalidad en SUNAT, entrega laptop o paga 30 soles (PEN) mensuales mínimo si corresponde, y capacita en ergonomía |
| Ambos | Respetar desconexión, coordinar reversibilidad, comunicar cambios de domicilio o de condiciones | No mensajes fuera de las 12 horas de desconexión, avisar con el preaviso pactado si se vuelve a presencial |
Seguridad y salud, confidencialidad y control
El empleador debe identificar peligros y riesgos del trabajo remoto, incluso con autoevaluación del domicilio llenada por ti y validada por el empleador, y brindarte medidas preventivas. Tú debes permitir esa evaluación, aplicar las recomendaciones y reportar accidentes o incidencias durante la jornada. La confidencialidad alcanza a documentos, bases de datos y accesos: debes usar los canales seguros que te indiquen y el empleador debe garantizar la protección de datos personales.
El control de la jornada en remoto se hace por medios digitales, reportes o entregables, no por vigilancia invasiva. Cámaras permanentes en tu domicilio o exigencia de estar conectado fuera de las 12 horas de desconexión pueden ser observadas por SUNAFIL como afectación a la intimidad y al descanso.
Plazos clave y sanciones que debes conocer
- Plazo para responder una solicitud de cambio a trabajo remoto: 10 días hábiles desde que presentas la solicitud por escrito. Si el empleador no responde en ese plazo, se entiende denegada de forma no motivada y puedes accionar ante las instancias correspondientes.
- Multa de SUNAFIL por infracción muy grave en 2026: hasta 129.294 soles (PEN). Esa escala se calcula en función de la UIT de 5.500 soles (PEN) en 2026 y del número de trabajadores afectados. Incumplir la formalización del teletrabajo, no compensar equipos o vulnerar la desconexión puede calificarse como infracción grave o muy grave según el cuadro de infracciones del Reglamento de la Ley General de Inspección del Trabajo.
- Conserva siempre cargo de tu solicitud, la adenda firmada y las boletas de pago donde conste la compensación de 30 soles (PEN) mensuales o el monto pactado. Ante una inspección en Lima, Arequipa, Cusco o Piura, esos documentos acreditan el cumplimiento.
Para reclamos por hostilidad o por incumplimiento del acuerdo, la vía laboral es el Juzgado de Trabajo bajo las reglas de la Ley 26636, Ley Procesal del Trabajo, cuando corresponda según la cuantía y la materia. Antes de demandar, pide orientación en el MTPE o en la Gerencia o Dirección Regional de Trabajo de tu región, que te indicará la vía y los requisitos sin costo de orientación.
Si trabajas remoto en Perú, tu día combina 8 horas de jornada máxima, 12 horas de desconexión y una compensación mínima de 30 soles (PEN) si pones tu luz e internet. Con esos tres números y tu adenda registrada en el T-Registro, tu modalidad queda blindada en cualquier inspección.
En resumen, el trabajo remoto en Perú bajo la Ley 31572 te da flexibilidad sin perder derechos: jornada limitada, desconexión real y compensación por los costos que asumes. Formaliza todo por escrito, registra la modalidad y exige que se respete el plazo de 10 días hábiles y el piso de 30 soles (PEN). Así, trabajes desde un departamento en Magdalena del Mar o desde una casa en Yanahuara, tu relación laboral queda clara y protegida en 2026.
Preguntas frecuentes
1. ¿Cómo trabajar para una empresa extranjera desde Perú bajo la modalidad remota?
Puedes prestar servicios al exterior como trabajador dependiente si el empleador te contrata bajo la Ley N° 31572 (Teletrabajo) o el Decreto Legislativo N° 688, inscribiéndote en planilla y pagando tus aportes al sistema peruano. Otra vía habitual es emitir recibos por honorarios (Cuarta o Quinta categoría) como prestador independiente, facturando en soles o dólares y declarando renta de fuente extranjera en tu PDT Anual. En ambos casos necesitas conexión estable, DNI vigente y, si eres dependiente, que la empresa cumpla con la seguridad y salud en el trabajo aunque operes desde casa.
2. ¿Qué necesito para empezar a trabajar desde casa por internet en Perú?
Define si serás dependiente (contrato escrito, planilla, CTS, gratificaciones, seguro Essalud) o independiente (RUC activo, emisión de comprobantes, aportes voluntarios a ONP/AFP y Essalud). Cuenta con un espacio ergonómico, internet de al menos 20 Mbps simétricos y herramientas de colaboración (VPN, gestor de tareas, videollamadas). Si eres dependiente, la empresa debe entregarte los equipos o pagar una compensación por uso de los tuyos según el artículo 10 de la Ley N° 31572.
3. ¿Está permitido el teletrabajo en Perú y qué norma lo regula?
Sí, está plenamente regulado por la Ley N° 31572 (publicada el 8-4-2023) y su Reglamento D.S. N° 002-2023-TR. La norma establece que el teletrabajo es voluntario, reversible y requiere acuerdo escrito; el empleador debe garantizar desconexión digital, entregar implementos o compensar su uso, y velar por la seguridad y salud en el domicilio del trabajador mediante el Programa Anual de SST.
4. ¿Qué portales o canales son efectivos para encontrar trabajo remoto desde Perú?
Para empleos formales en empresas peruanas o extranjeras con entidad local: Computrabajo, Bumeran, LinkedIn Jobs y la Bolsa de Trabajo del MTPE (empleosperu.gob.pe). Para contratación directa por compañías del exterior sin oficina en Perú: Deel, RemoteOK, We Work Remotely, Toptal y Wellfound; allí debes verificar si te contratan como empleado (EOR) o como contractor independiente. Evita ofertas que pidan pagos por «capacitación» o «equipos» por adelantado.
5. ¿Existen opciones de trabajo remoto en Perú para personas sin experiencia previa?
Sí, roles de atención al cliente (call center virtual), data entry, moderación de contenidos, testing básico de software y asistencia administrativa junior suelen pedir solo secundario completo, buen redactado y manejo de Office/Google Workspace. Empresas de BPO como Teleperformance, Concentrix o Sitel abren convocatorias masivas en Computrabajo y sus webs corporativas; exigen PC con Windows 10/11, 8 GB RAM, internet por cable y disponibilidad de turnos rotativos.
6. ¿Dónde ver ofertas de trabajo remoto publicadas hoy en Perú?
Filtra «Remoto / Teletrabajo» en Computrabajo, Bumeran, LinkedIn Jobs y Indeed Perú; actualizan varias veces al día. En el portal Empleos Perú del MTPE usa la búsqueda avanzada marcando «Modalidad: Teletrabajo». Activa alertas por palabra clave (ej. «soporte TI remoto», «community manager remoto») para recibir avisos al instante en tu correo.
7. ¿Cómo consigo que una empresa extranjera me contrate en remoto desde Perú?
Postula en bolsas globales (RemoteOK, We Work Remotely, Deel, Wellfound) con CV en inglés, portafolio y carta de presentación adaptada a la zona horaria (UTC-5). En la entrevista aclara tu status migratorio: si no tienes visa de trabajo en el país de la empresa, lo usual es que te contraten como contractor independiente (emitirás factura/comprobante de exportación de servicios) o a través de un Employer of Record (EOR) que te ponga en planilla local cumpliendo la legislación peruana.
8. ¿Qué cambios o vigencias tiene la normativa de trabajo remoto en Perú para 2026?
La Ley N° 31572 y su Reglamento D.S. N° 002-2023-TR siguen vigentes sin modificaciones sustantivas al 2026. Lo que se actualiza anualmente son los montos referenciales: la Remuneración Mínima Vital (RMV) de 1.025 soles (PEN) desde enero 2026, la UIT de 5.350 soles (PEN) para cálculos de gratificaciones y CTS, y los topes de Essalud/AFP. Revisa tu contrato para que las compensaciones por internet, electricidad y uso de equipos reflejen la inflación del período.
9. ¿Hay alternativas de trabajo remoto a tiempo parcial en Perú?
Sí. Puedes suscribir un contrato a tiempo parcial (máximo 4 horas diarias o 24 semanales) bajo el D.Leg. N° 1057, con los mismos derechos proporcionales: gratificaciones, CTS, vacaciones y Essalud. También es frecuente el trabajo por horas como independiente en plataformas como Upwork, Fiverr o Workana, donde fijas tu tarifa por hora y emites recibos por honorarios; allí no hay subordinación ni horario fijo, pero tú asumes tus aportes previsionales.
10. ¿Es común el trabajo remoto de lunes a viernes en horario de oficina en Perú?
Es el esquema estándar en teletrabajo dependiente: jornada de 8 horas diarias / 48 semanales (o 44 h en microempresas) distribuidas de lunes a viernes, con una hora de refrigerio no computable. El empleador debe respetar el derecho a la desconexión digital fuera del horario pactado (art. 14 Ley N° 31572) y registrar la entrada/salida mediante sistema biométrico, geolocalización o declaración jurada según lo acordado en el anexo de teletrabajo.
Fuentes
- ComputrabajoTrabajos de remoto chat | Portal de empleo Perúconsultado el 04/09/2026
- JoobleSe necesita urgente: Trabajo remoto en Perúconsultado el 04/09/2026
- TorreTrabajos Remotos en Peru — 6200+ vacantes abiertasconsultado el 04/09/2026
- IndeedEmpleos de Trabajo remotoconsultado el 04/09/2026
- BumeranEmpleos: Remoto – Bolsa de trabajo – Página 1consultado el 04/09/2026