Permisos

Permiso notarial para viaje de menores en Perú: requisitos, pasos y vigencia 2026

octubre 15, 2026 Perú Derecho 15 min read

El permiso notarial para viaje de menores en Perú es la autorización que dan los padres ante notario para que su hijo pueda desplazarse dentro o fuera del país cuando no viaja con ambos. Si te piden esta autorización en el control de Migraciones o en un terminal terrestre, es porque la ley exige acreditar el consentimiento de quienes ejercen la patria potestad. Datos comprobados en septiembre de 2026.

Qué es el permiso notarial para viaje de menores en Perú y cuándo se exige

Definición y para qué sirve

La autorización notarial de viaje es un instrumento público extraprotocolar que extiende el notario en papel notarial de seguridad. Con ella, el padre o la madre —o ambos— dejan constancia de que permiten que su hijo menor de edad viaje solo, con uno de ellos o acompañado de un tercero. No es una simple carta firmada en casa: el notario da fe de la identidad de quien autoriza y de su voluntad, y deja el documento listo para presentarlo ante la autoridad que controla la salida.

En la práctica peruana se usa en dos escenarios muy distintos. Dentro del territorio nacional, las empresas de transporte interprovincial y las autoridades pueden pedirla cuando el menor viaja sin sus padres. Fuera del territorio nacional, es requisito de control migratorio: sin la autorización, Migraciones no autoriza el embarque ni la salida por puesto fronterizo. El trámite es presencial en la notaría y el costo es variable según la notaría elegida.

Diferencia entre viaje nacional e internacional

Para viaje nacional, la lógica es más flexible. Si el menor viaja con uno de sus padres, no necesitas permiso notarial. Si viaja solo —por ejemplo, de Lima a Arequipa en bus— basta la firma de uno de los padres ante notario. Para viaje internacional la exigencia sube: Migraciones pide la autorización siempre que el menor no viaje con ambos padres, y distingue si va solo, con uno de ellos o con un tercero.

Vigencia de 90 días y uso único

Toda autorización notarial de viaje en Perú tiene una vigencia de 90 días calendario contados desde su emisión por el notario y sirve para un solo uso. No es prorrogable ni reutilizable: si el viaje se posterga fuera de esos 90 días o si el menor ya salió y volvió, necesitas una nueva autorización. Por eso conviene tramitarla con poca anticipación, pero con margen para corregir observaciones.

Puedes ubicar notarías habilitadas en el Directorio Notarial del Perú – Notarías por Distrito Notarial y revisar los requisitos generales en el portal del Estado sobre viajar fuera del Perú.

Resumen clave

  • Autorización notarial: documento en papel notarial donde el notario da fe del consentimiento de los padres.
  • Viaje nacional: sin permiso si va con uno de los padres; con permiso de uno si va solo.
  • Viaje internacional: siempre que no vaya con ambos padres, con reglas según acompañante.
  • Vigencia: 90 días calendario desde la emisión y un solo uso; se entrega a la autoridad migratoria a la salida.

La autorización es por viaje y por destino: 90 días calendario y un solo uso. Si cambias fecha o destino fuera de ese plazo, tramita otra.

Marco normativo nacional

En Perú las reglas sobre autorización de viaje de menores son nacionales, porque el Estado es unitario. No hay leyes regionales distintas sobre el fondo del permiso; lo que sí varía por distrito es la tasa notarial y algún detalle de trámite municipal vinculado a la presentación de documentos, pero no la exigencia legal en sí.

El punto de partida es el Código de los Niños y Adolescentes, que regula la patria potestad, la tenencia y la necesidad de autorización para el desplazamiento de menores. Esa norma establece cuándo se requiere el consentimiento de ambos padres y qué pasa en casos de fallecimiento, reconocimiento por uno solo o desacuerdo entre progenitores —en este último supuesto, la vía es la autorización judicial—.

El segundo pilar es la Ley del Notariado, Decreto Legislativo 1049, que faculta al notario a dar fe de los actos extraprotocolares y a extender la autorización de viaje en el formato oficial del Colegio de Notarios. El notario verifica identidad con el DNI, revisa la partida y deja constancia en su registro.

Para salida al exterior se suma la normativa migratoria y de control fronterizo, administrada por la Superintendencia Nacional de Migraciones, que exige la autorización notarial o consular como condición para autorizar la salida del menor. Cuando uno de los padres está fuera del Perú, interviene además la función consular del Ministerio de Relaciones Exteriores para legalizar la autorización otorgada en el extranjero.

Si vas a salir del país, revisa también la información oficial sobre documentos necesarios para viajar fuera del país y el trámite de obtener pasaporte electrónico o biométrico, porque Migraciones te pedirá pasaporte o DNI vigente del menor además de la autorización.

Qué competencias tiene cada autoridad

  • Notarías: verifican identidad, parentesco y voluntad, y emiten la autorización en papel de seguridad.
  • RENIEC: emite el DNI del menor y de los padres y custodia las partidas inscritas; la notaría contrasta los datos con esos documentos.
  • SUNARP: certifica la vigencia de poderes inscritos cuando el permiso lo otorga un apoderado.
  • Ministerio de Relaciones Exteriores: legaliza la autorización consular otorgada ante consulado peruano en el exterior.
  • Migraciones: controla la salida y retiene la autorización original en el puesto de control.

Cuando hay conflicto entre padres sobre el viaje, no lo resuelve el notario: corresponde pedir autorización al juez de familia. El notario solo actúa cuando hay acuerdo y se cumplen los requisitos documentales.

Quién debe autorizar según cada caso de viaje

La regla práctica es simple: cuanto más lejos y con menos padres viaje el menor, más firmas se exigen. Esta tabla resume lo que pide el control peruano para viajes dentro y fuera del territorio, según quién acompaña al menor.

Situación del menor Viaje dentro del Perú Viaje fuera del Perú Quién firma ante notario
Viaja solo, sin padres ni tercero Permiso notarial obligatorio Permiso notarial obligatorio Dentro: uno de los padres. Fuera: ambos padres
Viaja con uno de los padres No requiere permiso notarial Permiso notarial obligatorio Firma el padre que no viaja
Viaja con tercero (familiar, docente, agencia) Permiso notarial obligatorio Permiso notarial obligatorio Dentro: uno de los padres. Fuera: ambos padres
Hijo reconocido solo por uno Basta el consentimiento del que reconoció Basta el consentimiento del que reconoció Presenta partida donde consta un solo declarante
Un padre falleció Basta el consentimiento del sobreviviente Basta el consentimiento del sobreviviente Adjunta acta de defunción del fallecido

Cómo decidir en tu caso

  1. Define destino: ¿el desplazamiento es dentro del Perú o implica cruzar frontera?
  2. Define acompañante: ¿va solo, con uno de los padres o con un tercero?
  3. Aplica la fila de la tabla que coincida con tu supuesto.
  4. Si aplica permiso, agenda la notaría con los DNI y la partida vigente y lleva los datos del viaje: ciudad de salida y destino, fechas de salida y retorno, datos de la persona que cuidará al menor o de la aerolínea responsable durante el traslado internacional.

Ejemplo con cifras y plazos

Familia en Trujillo: Camila, de 9 años, viajará de Trujillo a Lima y luego a Santiago de Chile con su tía, del 10 de octubre al 20 de octubre de 2026, mientras sus padres se quedan en Perú. Al ser viaje fuera del Perú con tercero, deben firmar ambos padres ante notario. Tramitan la autorización el 15 de septiembre de 2026. La vigencia es de 90 días calendario, por lo que cubre hasta el 14 de diciembre de 2026, de sobra para la fecha de salida. El documento es de un solo uso: si Camila regresa y vuelve a viajar en enero, necesitarán otra autorización, aunque la anterior aún no haya vencido. El costo lo fija cada notaría en soles (PEN); pagan en ventanilla y el notario emite el original en papel de seguridad que entregarán en Migraciones el día del vuelo.

Viaje dentro del territorio nacional

  • Si el menor viaja solo dentro del Perú —por bus interprovincial, por ejemplo, de Cusco a Lima—, basta la firma de uno de los padres ante notario.
  • Si el menor viaja dentro del Perú acompañado de uno de sus padres, no se exige permiso notarial. Lleva el DNI del menor y del padre que lo acompaña, y la partida por si te la piden para acreditar filiación.
  • Si viaja dentro del Perú con un tercero —abuelo, tío, profesor—, se exige autorización notarial firmada por uno de los padres, con los datos del responsable durante el trayecto.
  • En todos los casos de viaje nacional, presenta partida de nacimiento original y actualizada del menor y DNI vigente del menor y del padre que autoriza. Si el hijo está reconocido solo por uno, basta el consentimiento de ese padre.

Viaje fuera del territorio nacional

  • Si el menor viaja solo fuera del Perú, firman ambos padres ante notario. En el documento se consigna la aerolínea o medio de transporte internacional responsable del cuidado durante el traslado, si corresponde.
  • Si el menor viaja fuera del Perú con uno de los padres, firma el padre que no viaja. El que viaja se presenta con el menor y su pasaporte o DNI, más la autorización del otro.
  • Si el menor viaja fuera del Perú con un tercero, firman ambos padres. Se consignan los datos completos —nombres, apellidos y documento de identidad— de la persona que se hará cargo del menor durante el viaje y durante la estadía fuera del país.
  • Si uno de los padres falleció, basta la firma del sobreviviente, adjuntando el acta de defunción. Si solo uno reconoció al menor, basta su consentimiento, acreditado con la partida donde consta un solo declarante.
  • La autorización se entrega en original a la autoridad migratoria peruana al momento de la salida y no se devuelve. Lleva una copia simple para tu archivo.

Los formatos de referencia que usan muchas notarías en Lima puedes verlos como autorización de viaje de menores, autorización de viajes a menores y los modelos de viaje al interior y viaje al exterior, útiles para saber qué datos te pedirán antes de ir a ventanilla.

Documentos exactos que debes presentar en la notaría

Checklist para viaje dentro del Perú

  • DNI original y vigente del menor. Si aún no tiene DNI, lleva el que corresponda según RENIEC y consulta en la notaría si acepta otro documento mientras se tramita el DNI.
  • DNI original y vigente del padre o madre que autoriza, al día con las votaciones cuando corresponda.
  • Partida de nacimiento original del menor, con antigüedad no mayor a 30 días calendario. La pides en RENIEC o en la municipalidad donde se inscribió el nacimiento; muchas notarías exigen que sea reciente para evitar partidas desactualizadas.
  • Si el menor es extranjero y viaja dentro del Perú, pasaporte o documento de identidad extranjero y partida de nacimiento apostillada.
  • Datos del viaje: ciudad de salida y destino, fecha de salida y retorno, y datos de la persona que acompañará al menor si no va con sus padres.

Checklist para viaje fuera del Perú

  • DNI o pasaporte original y vigente del menor, según el destino y lo que exija Migraciones y la aerolínea.
  • DNI o pasaporte original y vigente de ambos padres. Si son extranjeros, su documento de identidad o pasaporte.
  • Partida de nacimiento original y copia del menor, con antigüedad no mayor a 30 días calendario.
  • Datos obligatorios para el exterior: documento de identidad, nombres y apellidos completos de la persona o personas que se harán responsables del menor durante el viaje y durante la estadía fuera del territorio nacional, y datos de la aerolínea o medio de transporte internacional a cuyo cargo corre el cuidado durante el traslado, si aplica.
  • Si interviene apoderado, poder que lo acredite y, cuando sea por escritura pública, vigencia SUNARP no mayor a 30 días calendario. Consulta el índice de servicios en línea de SUNARP para la vigencia.
  • Si un padre falleció, copia u original del acta de defunción, con antigüedad no mayor a 30 días calendario según la notaría.
  • Si el hijo está reconocido solo por uno, partida donde consta un solo declarante y DNI del menor.

Presenta todo en original en la notaría. Algunas notarías atienden el trámite en mostrador de atención al público o ventanilla y emiten el documento el mismo día si la documentación está completa; otras programan recojo al día hábil siguiente. El pago se hace en la misma notaría y varía en soles (PEN) según el distrito notarial —por ejemplo, no es lo mismo una notaría en San Isidro que en Trujillo—.

Casos especiales: padres en el extranjero, fallecimiento o reconocimiento por uno solo

Cuando la familia está dividida entre Perú y otro país, el trámite cambia de ventanilla pero no de fondo: siempre debe existir el consentimiento del padre que no está con el menor.

  • Si uno de los padres está fuera del Perú y el menor viaja fuera con un tercero, necesitas dos documentos: la Autorización de Viaje Consular otorgada por el padre que está en el extranjero ante el consulado peruano, legalizada en el Ministerio de Relaciones Exteriores del Perú, más la Autorización Notarial del padre que está en Perú.
  • Si el padre que está en Perú es quien viajará con el menor y el otro está fuera, basta la Autorización Consular legalizada del padre que está fuera; no se exige además la notarial del que viaja.
  • Si el poder para autorizar fue otorgado ante consulado peruano, debe estar legalizado por el Ministerio de Relaciones Exteriores e inscrito en el Registro de Personas Naturales de SUNARP cuando la notaría lo requiera, y la vigencia del poder no debe tener más de 30 días calendario de antigüedad.
  • Si el poder fue por escritura pública en Perú a favor del otro padre o de un tercero, adjunta el certificado de vigencia expedido por SUNARP con antigüedad no mayor a 30 días calendario.
  • Si uno de los padres falleció, presenta el acta de defunción original con antigüedad no mayor a 30 días calendario; con ello basta la firma del sobreviviente.
  • Si la madre o el padre es el único declarante en la partida, presenta esa partida original con antigüedad no mayor a 30 días calendario y el DNI del menor; basta su firma.
  • Si la autorización la otorgó un notario de provincia y la usarás en Lima, algunas notarías piden que esté legalizada por el decano del Colegio de Notarios de Lima; confírmalo antes de comprar pasajes.

En casos con padre en el extranjero, la clave es la legalización: sin el sello del Ministerio de Relaciones Exteriores y sin vigencia SUNARP reciente, Migraciones puede observar la autorización.

Preguntas frecuentes

1. ¿Cuánto cuesta un permiso notarial para viaje de menores en Perú?

El costo varía según la notaria, pero en Lima Metropolitana suele oscilar entre 80 y 150 soles (PEN) por la escritura pública, más los derechos notariales de 3,50 soles (PEN) por cada foja adicional y 5 soles (PEN) por cada firma certificada.

2. ¿Cuál es el precio exacto del permiso notarial para que un niño salga del país?

No existe una tarifa única nacional; cada notario fija sus honorarios dentro de límites legales, por lo que el total depende de la extensión del acta y la cantidad de firmas, aunque el monto habitual de referencia en 2026 ronda los 100 soles (PEN) en notarías de distrito limeño estándar.

3. ¿Dónde consigo un modelo en Word del permiso notarial para viaje de menores?

El Ministerio de Justicia y Derechos Humanos publica en su portal un formato tipo de “Escritura Pública de Autorización de Viaje de Menor de Edad” descargable en .docx, aunque cada notaria suele usar su propia plantilla con cláusulas ajustadas al caso concreto.

4. ¿Qué debe contener el modelo de permiso notarial para un viaje al extranjero?

Debe incluir datos completos de padres y menor, destino país y ciudad, fechas exactas de ida y retorno, nombre del acompañante si lo hubiere, cláusula de responsabilidad y la firma de ambos progenitores o del titular de la patria potestad ante notario.

5. ¿Existe un formato PDF oficial del permiso de viaje para menores?

Sí, la Superintendencia Nacional de los Registros Públicos (SUNARP) y el Minjusdh ofrecen modelos PDF de referencia, pero el documento válido para Migraciones es únicamente la escritura pública original o copia certificada que expide la notaria tras la firma de los padres.

6. ¿Los extranjeros residentes en Perú necesitan permiso notarial para que sus hijos salgan del país?

Sí, la normativa peruana (Código de los Niños y Adolescentes y TUO de la Ley de Migraciones) exige la autorización notarial de ambos padres o del representante legal independientemente de su nacionalidad, siempre que el menor resida habitualmente en territorio peruano.

7. ¿Cuánto tarda la notaria en entregar el permiso de viaje listo para usar?

El trámite se completa en el acto: si los comparecen con DNI, partida de nacimiento del menor y, si aplica, pasaporte vigente, la notaria redacta, firma y entrega la copia certificada en 30 a 60 minutos aproximadamente.

8. ¿Qué requisitos pide Migraciones para que un niño viaje al extranjero solo o con un solo progenitor?

Migraciones exige el pasaporte vigente del menor, DNI de quien viaja con él y la escritura pública notarial de autorización del otro progenitor (o de ambos si viaja con tercero), con vigencia no mayor a 30 días calendarios al momento del embarque.

Fuentes

  1. NotariafernandiniAutorización de viaje de menores – Notaría en San Isidroconsultado el 05/09/2026
  2. NotariacorcueraActa de autorización de viaje de menores – Notaría Corcueraconsultado el 05/09/2026
  3. NotariatambiniPermisos de Viaje al Interior y Exterior – Notaria Tambiniconsultado el 05/09/2026
  4. OnpiPERÚ – Autorización notarial para viaje de menores de edad – ONPIconsultado el 05/09/2026
  5. SenisseabogadosGuía legal: Autorización de viaje para menores en Perúconsultado el 05/09/2026