Datos comprobados en septiembre de 2026.
Qué es el divorcio ulterior y en qué se diferencia de la separación convencional
El divorcio ulterior en Perú es la segunda y última fase del procedimiento no contencioso que te permite pasar de separado a divorciado. No es un juicio nuevo, es la solicitud para que se disuelva el vínculo matrimonial después de que ya tienes una resolución de separación convencional.
La separación convencional es la primera fase. Allí tú y tu cónyuge acuerdan terminar la vida en común, pero siguen casados. Mantienen el estado civil de casados, no pueden volver a casarse y la sociedad de gananciales aún no se extingue del todo para terceros hasta que el divorcio se inscriba. El divorcio ulterior, en cambio, sí rompe el matrimonio. Cambia tu estado civil a divorciado en RENIEC y corta la generación de bienes gananciales cuando lo inscribes en SUNARP.
Este esquema en dos tiempos lo regula la Ley 29227 y su reglamento. La lógica es sencilla: primero verifican que ambos quieren separarse y que han resuelto alimentos, tenencia, visitas y bienes si hay hijos o patrimonio; luego, tras un plazo de reflexión, cualquiera de los dos puede pedir que ese acuerdo se convierta en divorcio definitivo.
En qué se diferencian en la práctica
- Con la separación convencional necesitas a los dos cónyuges firmando y presentando el pedido. Con el divorcio ulterior basta que lo pida uno solo.
- La separación convencional exige acreditar 2 años de matrimonio y definir la situación de hijos y bienes. El ulterior solo exige que hayan pasado 2 meses desde la resolución que declaró la separación.
- La separación se declara por resolución de alcaldía o acta notarial y la audiencia de ratificación. El ulterior se declara por una segunda resolución que disuelve el vínculo.
- Solo el ulterior te habilita a casarte de nuevo y a pedir en RENIEC el cambio de estado civil y en SUNARP la inscripción del divorcio.
Cuándo te conviene esta vía
Si te casaste hace más de 2 años, no tienes conflicto sobre hijos menores o bienes gananciales pendientes y ambos están de acuerdo en separarse, la vía municipal o notarial es la más rápida y barata frente a un proceso judicial por causal.
El divorcio ulterior no crea un nuevo divorcio, convierte tu separación convencional ya declarada en divorcio definitivo; sin esa primera resolución no hay ulterior posible.
Base legal del divorcio ulterior en Perú
El divorcio ulterior en Perú no está suelto, tiene base nacional y vale igual en Lima, Arequipa, Trujillo o Cusco. Lo que cambia por distrito es la tasa del TUPA y la mesa donde presentas el expediente, no la ley.
La norma que crea el procedimiento es la Ley 29227, que regula el procedimiento no contencioso de la separación convencional y divorcio ulterior en municipalidades y notarías. Su reglamento es el Decreto Supremo 009-2008-JUS, que detalla requisitos, plazos, la audiencia única y la forma de las resoluciones. Ambas normas habilitan a las municipalidades acreditadas por el Ministerio de Justicia y a las notarías a tramitar estos casos cuando hay acuerdo total de los cónyuges.
El fondo de familia sigue en el Código Civil. Allí se regulan el matrimonio, las causas de separación, la sociedad de gananciales y sus efectos. El divorcio ulterior se apoya en esas reglas para disolver el vínculo y liquidar el régimen patrimonial una vez que ya existe separación convencional válida.
Qué hace cada norma en tu trámite
- Ley 29227: dice quién puede pedirlo, dónde (municipalidad acreditada o notaría del último domicilio conyugal o donde se casaron), y que el proceso tiene dos etapas obligatorias.
- Decreto Supremo 009-2008-JUS: fija el expediente, las declaraciones juradas, la audiencia y los plazos entre etapas.
- Código Civil: define los efectos del divorcio sobre el estado civil, el apellido, los alimentos entre ex cónyuges y los bienes.
- Código Procesal Civil: solo entra si vas por vía judicial, con demanda ante Juzgado de Familia y sentencia.
Para ubicar la vía que te toca, revisa si tu municipalidad está acreditada y si cumples los 2 años de matrimonio. Si no, la alternativa es la notaría o el Poder Judicial. Consulta siempre el TUPA vigente de tu comuna porque allí está el costo en soles y el plazo de atención.
Requisitos para solicitar el divorcio ulterior
A nivel nacional los requisitos del divorcio ulterior son cortos porque ya pasaste el filtro de la separación convencional. No te piden de nuevo partidas de hijos ni de bienes, solo acreditar que la primera fase está firme y que pides la segunda dentro de la misma municipalidad o notaría.
Checklist nacional para el ulterior
- Que hayan transcurrido 2 meses desde que se emitió la resolución que declara la separación convencional. Es un plazo mínimo y se cuenta en días calendario desde la fecha de la resolución.
- Solicitud de divorcio ulterior dirigida al alcalde (en vía municipal) o al notario, firmada por cualquiera de los cónyuges. Basta uno solo, no necesitan ir los dos.
- Copia simple del DNI vigente del solicitante. Si actúa apoderado, poder por escritura pública inscrita en Registros Públicos con facultad expresa para este procedimiento.
- Copia simple de la Resolución de Gerencia Municipal o de Alcaldía que declaró la separación convencional.
- Recibo de pago de la tasa municipal o derecho notarial. El monto lo fija cada TUPA en soles.
- Si el solicitante es analfabeto, invidente o tiene otra discapacidad, la solicitud indica esa condición y procede firma a ruego con huella digital.
Qué no te deben pedir de nuevo
- Nueva partida de matrimonio ni actas de nacimiento si ya están en el expediente de separación.
- Nuevo acuerdo de alimentos, tenencia o bienes si ya fue verificado en la primera fase.
- Presencia de ambos cónyuges. Para el ulterior es suficiente uno.
Plazos y costos que sí varían por comuna
El plazo mínimo de 2 meses es nacional e inamovible. El plazo máximo para que te entreguen la resolución de divorcio es de hasta 15 días hábiles desde que presentas el pedido completo, según el cómputo de días hábiles de la administración pública. El costo cambia por TUPA: en Lima se ven tasas desde 123,80 soles (2026) en Pueblo Libre hasta 156,70 soles (2026) en San Juan de Miraflores, por ejemplo. En Arequipa, Trujillo y Cusco la tasa puede ser distinta, pero el expediente es el mismo.
Si presentas el ulterior antes de los 2 meses, te lo observan y pierdes tiempo. Cuenta bien los 2 meses desde la fecha de la resolución, no desde la audiencia.
Documentos exactos y dónde se presentan
En vía municipal el expediente del divorcio ulterior es minimalista. Llevas lo justo para identificarte, vincular el pedido con tu separación previa y acreditar el pago.
- Solicitud de divorcio ulterior dirigida al alcalde, con nombres completos, DNI, correo y celular, firma y huella. Existe modelo oficial de solicitud que muchas comunas publican en su portal.
- Copia simple y legible del DNI del solicitante.
- Copia simple de la Resolución de Gerencia Municipal o Alcaldía que declaró la separación convencional.
- Recibo de pago por derecho de trámite según TUPA.
¿Dónde se presenta? En la mesa de partes de la misma municipalidad donde hiciste la separación convencional. No puedes migrar el expediente a otro distrito a mitad del proceso. Si tu separación fue notarial, el ulterior se pide ante el mismo notario.
Diferencias de TUPA que sí notarás:
- Lima: Pueblo Libre publica formato de separación convencional y divorcio ulterior en su portal y cobra 123,80 soles (2026) por el ulterior y 223,20 soles (2026) por la separación; San Juan de Miraflores cobra 156,70 soles (2026) por el ulterior y atiende en ventanilla 18 y mesa de partes de 8:00 a 16:30. Cada comuna tiene su horario y su ventanilla.
- Arequipa, Trujillo y Cusco: el contenido del expediente es idéntico, pero el monto y el número de ventanilla cambian. Algunas comunas piden además copia certificada de la resolución si la primera fase es antigua, otras aceptan copia simple.
Si vienes de una separación antigua y perdiste la resolución, pide copias certificadas en la misma municipalidad pagando la tasa de copias (en algunos TUPA figura 1,40 soles (2026) por copia). Lleva siempre el DNI original para el cotejo aunque te pidan copia simple.
Ruta del trámite paso a paso: dónde y en qué orden se pide
El orden es obligatorio y no se puede saltear. Primero cierras la separación convencional en la vía que elegiste, luego pides el divorcio ulterior en la misma vía y finalmente inscribes el divorcio en RENIEC y SUNARP. Si ya estás en vía judicial, el ulterior se pide al juez que sentenció la separación.
Orden que sí vale a nivel nacional
- Eliges vía: municipal acreditada o notaría si hay acuerdo total y 2 años de matrimonio; vía judicial si hay conflicto o no cumples requisitos del procedimiento no contencioso.
- Trámites y obtienes la resolución o sentencia de separación convencional.
- Esperas 2 meses calendario desde la fecha de esa resolución o desde que la sentencia queda notificada.
- Presentas la solicitud de divorcio ulterior en la misma municipalidad, notaría o juzgado.
- Recoges la resolución de alcaldía, acta notarial o sentencia que declara disuelto el vínculo.
- Inscribes en RENIEC para cambiar estado civil y en SUNARP para cerrar sociedad de gananciales y publicitar el divorcio.
Plazos clave que debes controlar
| Hito | Plazo en Perú | Cómo se cuenta |
|---|---|---|
| Matrimonio previo para acceder a vía municipal/notarial | 2 años desde el matrimonio civil | Días calendario desde la fecha del acta |
| Ventana para pedir el ulterior | 2 meses mínimo desde la resolución de separación | Días calendario desde la fecha de la resolución |
| Entrega de la resolución de divorcio ulterior en municipalidad | Hasta 15 días hábiles | Días hábiles de la administración pública, sin contar sábados, domingos ni feriados |
| Inscripción posterior en RENIEC/SUNARP | Sin plazo perentorio, pero conviene hacerlo de inmediato | Trámite registral a pedido de parte |
Si te excedes del plazo de recojo, la resolución no se anula, queda en archivo y la pides con copias certificadas.
Ejemplo con cifras reales
Mariana y Jorge se casaron en Pueblo Libre en 2019 y se separaron por vía municipal. Pagaron 223,20 soles (2026) por la separación convencional y obtuvieron resolución el 10 de marzo de 2026. El 12 de mayo de 2026, ya pasados los 2 meses, Mariana sola presenta el ulterior con su DNI, copia de la resolución y el recibo de 123,80 soles (2026). La comuna tiene hasta 15 días hábiles para emitir la resolución de divorcio. Con esa resolución recogen el oficio y piden en RENIEC el cambio a divorciada y en SUNARP la inscripción para que no se generen más bienes gananciales.
Vía municipal y notarial
Esta es la vía del divorcio rápido. La usas cuando ambos están de acuerdo y ya resolvieron hijos y bienes en la primera fase. El ulterior es un trámite documental, sin audiencia.
- Verifica que tu municipalidad esté acreditada y que tu último domicilio conyugal o lugar de matrimonio esté en su jurisdicción. Si no, acude a la notaría de esa jurisdicción.
- Espera los 2 meses desde la resolución de separación convencional. Revisa la fecha exacta que figura en la resolución.
- Paga la tasa en caja o banco según indique el TUPA. Guarda el recibo original. En 2026 verás montos como 123,80 soles (2026) en Pueblo Libre o 156,70 soles (2026) en San Juan de Miraflores.
- Presenta en mesa de partes la solicitud dirigida al alcalde, copia de DNI, copia de la resolución de separación y recibo de pago. Te dan cargo con número de expediente.
- La gerencia revisa que el expediente esté completo y que se cumplió el plazo. Si todo está conforme, emite la resolución de alcaldía que declara disuelto el vínculo. El plazo máximo de atención es de 15 días hábiles.
- Recoge la resolución y el oficio con las dos resoluciones adjuntas. Con esos documentos tramitas en RENIEC el nuevo DNI con estado civil divorciado y en SUNARP la inscripción en el registro personal.
En notaría el flujo es similar, pero el producto final es un acta notarial y partes notariales para RENIEC y SUNARP. El costo notarial no está en TUPA municipal y se cotiza en cada notaría.
Para modelos y requisitos actualizados revisa el portal de tu comuna, como la sección de separacion convencional y divorcio ulterior de Pueblo Libre o la ficha de 20688 tramitar divorcio ulterior en gob.pe.
Vía judicial
Vas por el Poder Judicial cuando no puedes usar la vía no contenciosa, por ejemplo si hay desacuerdo, hijos con temas pendientes sin conciliar o bienes sin liquidar. También si ya iniciaste separación convencional judicial.
- Presentas demanda de separación convencional firmada por ambos cónyuges y abogado ante el Juzgado de Familia, con partida de matrimonio, DNI, partidas de hijos y propuesta de convenio sobre alimentos, patria potestad, tenencia, visitas y liquidación de gananciales. Pagas tasa por ofrecimiento de pruebas y cédulas en el Banco de la Nación.
- El juzgado convoca a audiencia única. Si ambos ratifican, el juez espera 30 días calendario por si alguno revoca.
- El juez dicta sentencia de separación de cuerpos.
- Transcurridos 2 meses desde notificada la sentencia, cualquiera de los cónyuges solicita al mismo juzgado la disolución del vínculo matrimonial.
- El juzgado expide la sentencia de divorcio ulterior y los partes judiciales para que inscribas el divorcio en el Registro Civil de RENIEC y en SUNARP.
En esta vía los plazos dependen de la carga del juzgado y de las notificaciones. El costo incluye aranceles judiciales y honorarios. Una vez inscrito, el efecto es el mismo: quedas divorciado, puedes casarte de nuevo y se cierra la sociedad de gananciales desde la fecha que fije la sentencia.
Preguntas frecuentes
1. ¿Qué es la separación convencional y el divorcio ulterior?
La separación convencional es el acuerdo notarial o judicial donde los cónyuges deciden vivir aparte y regulan bienes, alimentos y tenencia sin disolver el vínculo. El divorcio ulterior es la demanda posterior que convierte esa separación en divorcio definitivo; en Perú procede transcurridos dos años desde la inscripción de la separación (art. 333 y 350 del Código Civil).
2. ¿Puedo divorciarme si mi cónyuge no firma ni coopera?
Sí. Si existe separación de hecho de al menos dos años o una separación convencional inscrita, puedes interponer demanda judicial de divorcio ulterior sin necesidad de la firma del otro cónyuge (art. 333.2 y 350 del Código Civil). El juez cita al demandado y, si no comparece, declara la rebeldía y sigue el proceso.
3. ¿El divorcio ulterior puede tramitarse en notaría?
No. El divorcio ulterior siempre es judicial porque requiere sentencia que declare disuelto el vínculo; la notaría solo competente para la separación convencional o el divorcio por mutuo acuerdo directo (art. 350 del Código Civil y art. 27 de la Ley 29277).
4. ¿Qué requisitos necesito para pedir el divorcio ulterior?
Partida de matrimonio, partida de la separación convencional inscrita en RENIEC (o prueba de dos años de separación de hecho), DNI del demandante, certificado de domicilio y abogado habilitado. Si hay hijos menores, se adjunta el acta de conciliación sobre alimentos, tenencia y régimen de visitas (arts. 333, 350 CC y 439 CPC).
5. ¿Cómo presento la solicitud de divorcio ulterior?
Con abogado, se formula demanda escrita ante el Juzgado de Familia del último domicilio conyugal o del domicilio del demandado, se adjuntan los requisitos del Art. 439 CPC y se paga la tasa judicial (S/ 45,60 en 2026). El juez califica, cita a audiencia única y emite sentencia en un plazo promedio de 4 a 6 meses.
6. ¿En qué se diferencia la vía judicial de la notarial para separación y divorcio ulterior?
La separación convencional puede ser notarial si no hay hijos menores ni incapaces; si los hay, debe ser judicial. El divorcio ulterior, en cambio, siempre es judicial porque necesita sentencia que disuelva el matrimonio, aunque la separación previa haya sido notarial (arts. 27 y 28 Ley 29277; art. 350 CC).
7. ¿Qué es el divorcio convencional y cuándo procede?
Es el divorcio por mutuo acuerdo directo ante notaría (o juez si hay menores), sin necesidad de separación previa; basta la voluntad conjunta de poner fin al matrimonio y regular sus efectos (art. 333.1 CC y art. 27 Ley 29277). Se inscribe en RENIEC en pocos días y disuelve el vínculo de inmediato.
Fuentes
- MuniplibreSeparación convencional y divorcio ulterior – Municipalidad de …consultado el 05/09/2026
- MuniindependenciaRequisitos para Divorcioconsultado el 05/09/2026
- MunicomasSeparación Convencional – Municipalidad Distrital de Comasconsultado el 05/09/2026
- MirafloresSEPARACIÓN CONVENCIONAL Y DIVORCIO ULTERIOR “VIRTUAL”consultado el 05/09/2026
- MunijesusmariaProcedimiento de Separación Convencional y Divorcio Ulteriorconsultado el 05/09/2026