Divorcio

Divorcio por mutuo acuerdo en Perú: requisitos, trámite notarial y plazos 2026

octubre 1, 2026 Perú Derecho 13 min read

Datos comprobados en septiembre de 2026.

El divorcio por mutuo acuerdo en Perú te permite disolver el matrimonio sin ir al Poder Judicial si ambos están de acuerdo y cumplen los filtros de la Ley 29227. Se hace en dos etapas ante notaría o municipalidad acreditada y, si todo está en orden, no te toma más de 2 a 3 meses frente a los cerca de 2 años que puede demorar un divorcio por causal en vía judicial.

Qué es el divorcio por mutuo acuerdo en Perú y cómo se diferencia del contencioso

En Perú la figura se llama procedimiento no contencioso de separación convencional y divorcio ulterior y está regulada por la Ley 29227 y por el Decreto Legislativo 295 — Código Civil —. No es un solo acto: primero obtienes la separación convencional, donde sigues casado pero ya separado legalmente, y luego, tras esperar el plazo que fija la ley, pides el divorcio ulterior que disuelve el vínculo matrimonial. Todo se tramita fuera del Poder Judicial, ante notaría o ante municipalidad provincial o distrital que esté acreditada por el Ministerio de Justicia y Derechos Humanos (MINJUSDH).

El divorcio contencioso, en cambio, es el que se tramita ante el Poder Judicial cuando no hay acuerdo o cuando se invoca una de las causales del artículo 333 del Código Civil. Allí el juez debe valorar pruebas, hay traslado a la otra parte y al Ministerio Público y el proceso se sigue como proceso de conocimiento según el Código Procesal Civil. Por eso los tiempos y costos se disparan.

¿Cuándo te conviene cada vía?

Te conviene la vía de mutuo acuerdo si ambos quieren terminar el matrimonio, han cumplido al menos 2 años de casados y ya tienen resuelto el tema de hijos y bienes. Si hay discusión sobre quién tuvo la culpa, si uno no quiere firmar o si no hay forma de acreditar una causal, la única salida es la vía judicial.

Característica Mutuo acuerdo (Ley 29227) en Perú Contencioso por causal (Código Civil) en Perú
Dónde se tramita Notaría o municipalidad acreditada por el MINJUSDH, en la jurisdicción del último domicilio conyugal o donde se celebró el matrimonio Juzgado de Familia del Poder Judicial
Requisito de acuerdo Sí, ambos deben firmar la solicitud No, basta la demanda de uno invocando causal del art. 333
Plazo promedio en Perú 2 a 3 meses en total: cerca de 30 días para la separación convencional y 15 días más para el divorcio ulterior tras los 2 meses de espera Cerca de 2 años en vía de conocimiento
Costo referencial en Perú Tasas notariales o municipales más inscripción en RENIEC y SUNARP; varía por notaría y distrito Tasas judiciales, honorarios y pericias; suele ser mayor
Qué resuelve Solo el estado civil; hijos y bienes deben venir resueltos antes por conciliación, sentencia o escritura pública El juez puede pronunciarse sobre causal, hijos, alimentos, tenencia, bienes e indemnizaciones

En Perú el divorcio rápido no es automático por separación de hecho. Si no hay acuerdo, aunque lleven años separados, necesitan sentencia judicial por causal.

Requisitos para acogerse al divorcio rápido: los 3 filtros que no perdonan

La Ley 29227 es taxativa. Si fallas en uno de estos tres filtros, la notaría o la municipalidad debe declarar improcedente la solicitud y solo te queda la vía judicial. No hay excepciones por campañas ni por antigüedad de la separación.

  • Filtro 1: 2 años desde el matrimonio. Debe haber transcurrido al menos 2 años contados desde la fecha de celebración del matrimonio civil que figura en la partida de RENIEC. No valen los años de convivencia previa. Si te casaste el 10 de marzo de 2024, recién puedes presentar la solicitud desde el 11 de marzo de 2026.
  • Filtro 2: situación de los hijos definida. No tener hijos menores de edad ni hijos mayores con incapacidad. Si los tienen, deben presentar previamente acta de conciliación o sentencia judicial firme que haya fijado patria potestad, alimentos, tenencia y régimen de visitas. Sin ese documento previo no avanza el expediente.
  • Filtro 3: situación patrimonial definida. No tener bienes sujetos a sociedad de gananciales. Si los hubo, deben presentar escritura pública de sustitución o liquidación del régimen patrimonial inscrita en SUNARP. Si nunca adquirieron bienes o ya liquidaron y se inscribió, presentan declaración jurada.

La base de las causales para el divorcio contencioso está en el artículo 333 del Código Civil, del Decreto Legislativo 295. No confundas: para el mutuo acuerdo no necesitas invocar causal, solo cumplir los tres filtros anteriores.

Qué pasa si tienen hijos menores o con incapacidad

En Perú la protección de niñas, niños y adolescentes es previa y obligatoria. Antes de pedir la separación convencional debes tener cerrado el acuerdo sobre cuatro puntos: patria potestad, tenencia, alimentos y visitas.

Puedes hacerlo por dos vías, a tu elección:

  • Conciliación extrajudicial ante centro de conciliación autorizado por el MINJUSDH. Obtienes un acta de conciliación con valor de título de ejecución.
  • Sentencia judicial firme del Juzgado de Familia o de Paz Letrado que haya fijado esos extremos.

Documentos que te pedirán en este supuesto:

  • Partidas de nacimiento de cada hijo emitidas por RENIEC.
  • Acta de conciliación original con acuerdo total sobre patria potestad, tenencia, alimentos y visitas, o copia certificada de la sentencia firme más constancia de haber quedado consentida.
  • Si el hijo mayor tiene incapacidad, resolución judicial que la declare e igual acta o sentencia sobre alimentos y curatela.

Sin ese paquete, la notaría de Lima, Arequipa, Trujillo o Cusco donde presentes no puede convocar a la audiencia única.

Qué pasa si tienen bienes en sociedad de gananciales

Si durante el matrimonio compraron inmueble, vehículo inscrito o adquirieron otros bienes que ingresaron a la sociedad de gananciales, la Ley 29227 exige que ya estén fuera de ese régimen.

  • Si sí hubo bienes: escritura pública de sustitución de régimen patrimonial o de liquidación de gananciales otorgada ante notario e inscrita en la SUNARP. Debes llevar testimonio y copia literal actualizada de la partida registral donde conste la inscripción.
  • Si no hubo bienes o ya no queda ninguno: declaración jurada con firma legalizada de ambos cónyuges indicando que carecen de bienes sujetos a sociedad de gananciales. Algunas municipalidades de Lima Metropolitana piden además declaración jurada de no tener deudas comunes inscritas.

La inscripción en SUNARP es la que da seguridad jurídica. La minuta sola no sirve y la escritura sin inscribir tampoco habilita el trámite.

Documentos exactos que debes reunir y dónde se presentan

Arma el expediente completo antes de pagar tasas. Una partida vencida o un acta incompleta te hace perder la audiencia de 15 días hábiles.

  • Solicitud firmada por ambos cónyuges según formato de la notaría o municipalidad acreditada. Debe indicar el último domicilio conyugal o el lugar de celebración del matrimonio.
  • Copias simples y legibles de los DNI vigentes de ambos. Si uno es extranjero, carné de extranjería o pasaporte.
  • Partida de matrimonio original o copia certificada expedida por RENIEC, con antigüedad no mayor a 3 meses.
  • Partidas de nacimiento de hijos menores o con incapacidad, si los hubiera, expedidas por RENIEC.
  • Si hay hijos: acta de conciliación o sentencia firme sobre patria potestad, tenencia, alimentos y visitas, con constancia de firmeza.
  • Si hay o hubo bienes: escritura pública de sustitución o liquidación de régimen patrimonial inscrita en SUNARP más copia literal actualizada. Si no hay bienes: declaración jurada con firmas legalizadas.
  • Declaración jurada de domicilio de ambos cónyuges.
  • Comprobante de pago de la tasa notarial o del derecho de trámite municipal. El monto lo fija cada notaría y cada municipalidad.

Dónde se presenta en Perú

Solo ante dos tipos de autoridad y siempre dentro de su competencia territorial:

  • Notaría de la jurisdicción del último domicilio conyugal o del lugar donde se celebró el matrimonio civil.
  • Municipalidad provincial o distrital acreditada por el MINJUSDH. Verifica que esté en el listado de municipalidades acreditadas antes de pagar. En Lima, por ejemplo, están acreditadas varias distritales como Miraflores, Surco o Jesús María; en provincias, la provincial de Arequipa o Trujillo, entre otras. Si la municipalidad no está acreditada, tu expediente es nulo.
  1. Pide la lista de requisitos actualizada a la notaría o municipalidad elegida, porque cada una fija su TUPA y su tasa.
  2. Legaliza firmas donde te indiquen y saca copias literales en SUNARP con no más de 30 días.
  3. Presenta todo en mesa de partes y guarda el cargo con número de expediente.

Ruta del trámite paso a paso: primero vía no contenciosa, luego solo si se cae la vía

La ruta está diseñada en dos escalones. Primero la separación convencional y, solo después y si nadie se opone, el divorcio ulterior. Si en el camino aparece conflicto, se corta la vía no contenciosa y debes ir al Poder Judicial por causal.

  1. Solicitud conjunta. Ambos cónyuges presentan la solicitud y los anexos ante la notaría o la municipalidad acreditada del último domicilio conyugal o del lugar donde se casaron. El funcionario verifica los 3 filtros de la Ley 29227. Si falta un documento, te dan plazo para subsanar.
  2. Audiencia única en 15 días hábiles. Verificados los requisitos, se cita a audiencia única dentro de los 15 días hábiles siguientes. Deben asistir ambos personalmente o con apoderado con poder por escritura pública. Allí ratifican la voluntad de separarse. Si uno no va, se declara el abandono y se archiva.
  3. Resolución o acta de separación convencional. Si ratifican, el alcalde emite resolución de alcaldía o el notario emite acta notarial que declara la separación convencional. Este acto suspende el deber de cohabitación pero aún siguen casados.
  4. Espera de 2 meses. Transcurridos 2 meses calendario desde la notificación de la separación convencional, cualquiera de los cónyuges puede pedir el divorcio ulterior. No es automático; hay que solicitarlo.
  5. Solicitud de divorcio ulterior. Presentas escrito simple pidiendo que se declare el divorcio. La autoridad verifica que no haya revocación y que hayan pasado los 2 meses.
  6. Resolución o acta de divorcio ulterior e inscripciones. Se emite la resolución o acta que declara disuelto el vínculo matrimonial. Con ese documento inscribes el divorcio en RENIEC para que actualice el estado civil y, si tenías bienes, en SUNARP para cerrar la partida registral del régimen patrimonial.

Plazos clave que no puedes perder en Perú

Hito Plazo legal en Perú
Desde el matrimonio hasta poder pedir separación convencional Mínimo 2 años calendario
De la solicitud a la audiencia única 15 días hábiles
De la separación convencional al pedido de divorcio ulterior 2 meses calendario de espera obligatoria
Inscripción posterior en RENIEC y SUNARP Inmediata con la resolución o acta; sin ella no puedes volver a casarte

Ejemplo con cifras y fechas reales

Carla y Jorge se casaron en la Municipalidad de Trujillo el 5 de abril de 2022. Tienen una hija de 6 años y compraron un departamento en 2023. Quieren divorciarse de mutuo acuerdo en una notaría de Trujillo en 2026.

  • Cumplen los 2 años el 5 de abril de 2024, así que en septiembre de 2026 ya pueden pedirlo.
  • Antes de ir a la notaría, concilian en centro autorizado: alimentos 600 soles (PEN) mensuales, tenencia para Carla y visitas para Jorge cada quince días. Les entregan el acta.
  • Ante notario otorgan escritura pública de liquidación de gananciales del departamento y la inscriben en SUNARP. Obtienen copia literal.
  • Presentan el 1 de septiembre de 2026 la solicitud con partidas RENIEC, DNI, acta y escritura inscrita. La notaría convoca audiencia para el 12 de septiembre de 2026, dentro de los 15 días hábiles.
  • Ratifican y obtienen acta de separación convencional el mismo 12 de septiembre. Esperan 2 meses y el 13 de noviembre de 2026 piden el divorcio ulterior. La notaría emite el acta final y con ella inscriben el divorcio en RENIEC esa misma semana.

Costo total del caso: tasa notarial más inscripción; varía por notaría, pero el trámite completo suele moverse en tasas municipales y notariales que cada TUPA fija en soles (PEN). Consulta el TUPA vigente de la notaría o municipalidad de Trujillo donde presentes.

Si en la audiencia uno se arrepiente o no se presenta, la vía de la Ley 29227 se cierra. La alternativa es demandar el divorcio por causal ante el Juzgado de Familia invocando una causal del Código Civil, lo que toma cerca de 2 años.

Para revisar el detalle del procedimiento y los formatos, consulta la guía oficial de separación y divorcio y la ficha del divorcio rápido Ley 29227 del portal del Estado Peruano.

Preguntas frecuentes

1. ¿Dónde encuentro un modelo de demanda de divorcio por mutuo acuerdo en Perú?

No existe un formulario único oficial; cada notaría o juzgado suele tener su propio formato, pero todos deben contener la identificación de los cónyuges, la manifestación de voluntad libre de divorciarse, el acuerdo sobre bienes, alimentos y tenencia si hay hijos menores, y la firma de ambos con certificaciones de huella y rúbrica. El abogado que patrocine la gestión redacta el escrito ajustado al caso y lo presenta ante notario o juez según la vía elegida.

2. ¿Cómo se redacta la solicitud de divorcio por mutuo acuerdo ante notario en Perú?

La solicitud notarial se escribe en minuta pública e incluye la declaración expresa de ambos cónyuges de disolver el vínculo, el convenio regulador de la sociedad de gananciales, alimentos y régimen de visitas si procede, y la designación de abogado común. El notario verifica identidad, capacidad y voluntad, otorga la escritura y la inscribe en Reniec y Sunarp en un plazo de 10 días hábiles.

3. ¿Es posible tramitar el divorcio por mutuo acuerdo en la municipalidad en Perú?

No. Las municipalidades peruanas no tienen competencia para disolver el matrimonio; solo los notarios (vía notarial) y los jueces de familia (vía judicial) pueden declararlo. El municipio interviene únicamente para expedir la partida de matrimonio actualizada que se adjunta al expediente notarial o judicial.

4. ¿Qué se requiere para un divorcio por mutuo acuerdo cuando hay hijos menores en Perú?

Además de los requisitos comunes, los cónyuges deben presentar un convenio regulador que fije alimentos, tenencia compartida o exclusiva, régimen de visitas y régimen de vacaciones, aprobado por el Ministerio Público. El notario o juez verifica que el acuerdo proteja el interés superior del niño antes de autorizar la separación.

5. ¿Cuáles son los requisitos para un divorcio rápido en municipalidades peruanas?

En Perú no existe el «divorcio municipal»; la vía más rápida es la notarial, que concluye en 10 a 20 días hábiles si no hay observaciones. Se necesita partida de matrimonio vigente, DNI de ambos, certificado de asesoría legal gratuita del MINJUSDH, convenio regulador si hay bienes o hijos, y el pago de honorarios notariales y registrales.

6. ¿Qué derechos tiene la esposa en un proceso de divorcio en Perú?

La esposa tiene los mismos derechos que el esposo: mitad de los bienes gananciales, pensión de alimentos si acredita necesidad y el otro cónyuge capacidad económica, uso preferente del hogar conyugal si tiene la tenencia de hijos menores, y participación en la liquidación de la sociedad conyugal conforme al Código Civil y la jurisprudencia de la Corte Suprema.

7. ¿Puede divorciarse una persona sin la firma del cónyuge en Perú?

No en la vía notarial, que exige la voluntad concurrente de ambos. Si uno se niega o no comparece, la otra parte debe iniciar un divorcio contencioso judicial por causales del artículo 333 del Código Civil (separación de hecho de dos años, adulterio, atentado contra la vida, entre otras), donde el juez decide tras valorar las pruebas.

8. ¿Cuáles son los requisitos generales para divorciarse en Perú?

Partida de matrimonio actualizada, DNI vigente de ambos cónyuges, certificado de asesoría legal gratuita del MINJUSDH, convenio regulador de bienes, alimentos y tenencia si corresponde, y pago de tasas notariales o judiciales. Para la vía notarial basta la voluntad libre de ambos; para la judicial se requiere además una causal legal del artículo 333 del Código Civil.

Fuentes

  1. DivorciosporinternetEl divorcio en el Perú – Tipos de divorcios, ley, requisitos y trámitesconsultado el 05/09/2026
  2. MunlimaDivorcio Municipal – Procedimiento de Separación Convencional …consultado el 05/09/2026
  3. ConceptosjuridicosDivorcio por Mutuo Acuerdo en Perú – Conceptos Jurídicosconsultado el 05/09/2026