Alimentos

Conciliación de alimentos en Perú: cómo acordar la pensión sin ir a juicio y homologarla rápido

octubre 18, 2026 Perú Derecho 14 min read

Datos comprobados en septiembre de 2026.

Qué es la conciliación de alimentos y cuándo te conviene frente al juicio

La conciliación de alimentos en Perú es el acuerdo al que llegan el obligado y quien pide los alimentos, con ayuda de un conciliador, para fijar pensión, forma de pago y reajustes sin necesidad de ir a juicio en primera instancia. Si llegan a acuerdo, el centro o la DEMUNA acreditada levanta un acta que tiene valor de título ejecutivo: es decir, si después no cumplen, no vuelves a discutir si corresponde la pensión, pides directamente su ejecución ante el Juzgado de Paz Letrado.

Te conviene cuando ambos quieren resolver rápido, cuando la necesidad del alimentista es clara y el obligado tiene ingresos verificables, o cuando quieres evitar los meses que toma un proceso judicial de alimentos. La vía judicial sigue siendo necesaria si no hay acuerdo, si una parte no asiste o si existe violencia que impide negociar en igualdad de condiciones. En familia, la conciliación extrajudicial es además requisito de procedibilidad para poder demandar alimentos ante el Poder Judicial, por lo que en la práctica primero intentas conciliar.

Esa acta equivale a una sentencia en cuanto a su fuerza para cobrar. Lo regula la Ley 26872 — Ley de Conciliación y, para DEMUNA, la Ley 27007 — Ley Que Faculta a las Defensorias del Niño y del Adolescente a Realizar Conciliaciones Extrajudiciales con Titulo de Ejecución. Lo que se acuerda allí sobre alimentos se rige en el fondo por el Decreto Legislativo 295 — Código Civil, que define quién debe alimentos, a quién y bajo qué criterios de necesidad y posibilidad.

Qué valor tiene el acta si incumplen

El acta con acuerdo total o parcial es título de ejecución. Si el obligado deja de pagar, el otro progenitor presenta el acta ante el juzgado y solicita ejecución forzada, embargo o inscripción en el Registro de Deudores Alimentarios Morosos, sin volver a probar la obligación. Por eso es clave que el acta describa con precisión monto en soles (PEN), fecha de pago, cuenta bancaria y reajuste.

Conciliación vs. juicio de alimentos

Criterio Conciliación extrajudicial en Perú Proceso judicial de alimentos
Tiempo estimado 1 a 3 semanas desde la solicitud hasta el acta, si hay asistencia Varios meses, según carga del Juzgado de Paz Letrado de tu distrito
Costo directo Gratuito en centros del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos (MINJUSDH) y en DEMUNA; pago moderado en centros privados autorizados Tasas judiciales, copias y, si contratas, honorarios de abogado
Resultado Acuerdo voluntario con fuerza ejecutiva Sentencia que fija pensión y puede apelarse
Incumplimiento Ejecución directa del acta Ejecución de sentencia y medidas coercitivas
Cuándo elegirlo Hay voluntad de acordar y datos de ingresos claros No hay acuerdo, inasistencia o conflicto que exige decisión del juez

Dónde conciliar en Perú y en qué orden acudir

En Perú la ruta es escalonada y funciona igual en Lima, Arequipa, Trujillo o Cusco porque la Ley 26872 — Ley de Conciliación es nacional. Lo que cambia por distrito son las tasas, los arbitrios y la ventanilla que te atiende, no la ley de fondo.

  1. Paso 1: intenta la conciliación extrajudicial. Presenta tu solicitud en un centro de conciliación extrajudicial autorizado por el MINJUSDH o en la DEMUNA de tu municipalidad distrital o provincial, siempre que esa DEMUNA esté acreditada por el MINJUSDH y cuente con conciliador especializado en familia. Esta es la vía previa obligatoria para alimentos. Lleva tu DNI, los documentos del menor y tu propuesta en soles (PEN).
  2. Paso 2: asiste a la audiencia. El centro cita a ambas partes en días hábiles. Si hay acuerdo, se firma el acta. Si no hay acuerdo o una parte no va, te entregan el acta o constancia de asistencia que te habilita a demandar.
  3. Paso 3: si incumplen, ejecuta el acta. Con el acta en mano, acudes al Juzgado de Paz Letrado del domicilio del demandado o del alimentista para pedir ejecución. El juzgado no vuelve a fijar la pensión, hace cumplir lo ya acordado.
  4. Paso 4: si no hubo acuerdo, demanda. Recién entonces inicias el proceso judicial de alimentos. Adjuntas el acta de conciliación frustrada como requisito de procedibilidad.

Si la DEMUNA no está acreditada, tu acta no tendrá mérito ejecutivo y perderás tiempo. Verifica la acreditación antes de conciliar.

Centros de conciliación extrajudicial del MINJUSDH en Lima, Arequipa y Trujillo

Los centros gratuitos del MINJUSDH atienden alimentos, tenencia y régimen de visitas sin costo y con conciliadores autorizados. También existen centros privados autorizados por el MINJUSDH que cobran tarifa según su tarifario, pero todos deben figurar en el directorio oficial.

  • Lima: sede principal del MINJUSDH en Av. Santa Cruz 864-866, San Antonio, Miraflores, y locales desconcentrados en Lima Norte, Lima Este y Lima Sur. Verifica horarios en el directorio de centros de conciliación gratuitos antes de ir, porque la atención es con cita.
  • Arequipa: Centro de Conciliación Gratuito de la Dirección Distrital del MINJUSDH Arequipa, en la ciudad de Arequipa y, por convenio, módulos itinerantes en provincias como Caylloma y Camaná.
  • Trujillo: Centro de Conciliación Gratuito de La Libertad, en Trujillo, con cobertura para distritos como El Porvenir, La Esperanza y Florencia de Mora.

Para cualquiera de ellos, confirma que el centro esté autorizado y que el conciliador tenga especialidad en familia. Ese dato aparece en el directorio oficial del MINJUSDH. Si eliges un centro privado en tu distrito, pide ver la resolución de autorización vigente.

DEMUNA municipal: cuándo sí puedes conciliar alimentos

La DEMUNA es la Defensoría Municipal del Niño y del Adolescente de tu municipalidad. Solo puede conciliar alimentos con efectos legales cuando cuenta con conciliador acreditado por el MINJUSDH y con autorización vigente. En ese caso, lo que regula la Ley 27007 — Ley Que Faculta a las Defensorias del Niño y del Adolescente a Realizar Conciliaciones Extrajudiciales con Titulo de Ejecución le da al acta el mismo valor que la de un centro de conciliación.

Cuando sí puedes usar DEMUNA: pensión de alimentos para niños y adolescentes, tenencia, régimen de visitas y gastos de embarazo y parto. Cuando no: si la DEMUNA no está acreditada, si el conciliador no tiene especialidad en familia o si el caso ya tiene sentencia judicial firme. En esos supuestos, el acta no tiene mérito ejecutivo y el juzgado no la ejecutará como título.

Si dudas, pide en mesa de partes la resolución de acreditación o consulta en el portal de denuncias y servicios del MINJUSDH y en el directorio de centros. En distritos de Lima como San Juan de Lurigancho, San Borja o Villa El Salvador, y en provincias, muchas DEMUNA sí están acreditadas, pero otras solo brindan orientación y derivan al centro de conciliación gratuito.

Requisitos y documentos exactos para solicitar la conciliación

La solicitud se presenta en mesa de partes del centro de conciliación o de la DEMUNA de tu municipalidad. No necesitas abogado para conciliar, aunque puedes ir con uno si quieres. El trámite es presencial y, en algunas municipalidades, también con mesa de partes virtual.

Checklist: qué llevar en original y copia

  • Documento de identidad: DNI del solicitante y, si lo tienes, del invitado. Si eres extranjero, carné de extranjería o pasaporte.
  • Partida de nacimiento del menor: obtenida en RENIEC o en la municipalidad donde se inscribió. Si el hijo no está reconocido, lleva también la constancia de no reconocimiento y el conciliador te orientará.
  • Prueba de vínculo y necesidad: constancia de estudios, recibos de matrícula, boletas de gastos médicos, recibos de alimentos o presupuesto mensual del menor.
  • Prueba de ingresos del obligado y del solicitante: boleta de pago, recibo por honorarios, constancia de trabajo, declaración jurada de ingresos si es independiente, o reporte de planilla. Si el obligado está en planilla, lleva las tres últimas boletas si las tienes.
  • Datos para el pago: número de cuenta bancaria o interbancaria donde se depositará la pensión, a nombre del representante del menor.
  • Domicilio real de ambas partes: para que el centro curse la invitación. Si no tienes la dirección exacta, lleva referencia y croquis.

Dónde y cómo se presenta la solicitud

  1. Acércate a mesa de partes del centro de conciliación gratuito del MINJUSDH o a la DEMUNA de tu distrito. Pide el formato general de solicitud o el Formulario Único de Trámite (FUT) de tu municipalidad.
  2. Llena la solicitud con tus datos, los del invitado, los del menor y tu propuesta de pensión en soles (PEN), forma y fecha de pago. Adjunta los documentos del checklist.
  3. Entrega el expediente y guarda el cargo con número de trámite. En municipalidades como la de Calca, el horario de mesa de partes es de lunes a viernes de 8:00 a. m. a 1:00 p. m.; en Lima y capitales de región, suele ser hasta las 4:30 p. m. Confirma el horario en tu municipalidad.
  4. El centro te notifica la fecha y hora de la audiencia dentro de los siguientes días hábiles, por teléfono o correo electrónico. Si tramitaste por mesa virtual, revisa tu casilla electrónica.
  5. El día de la audiencia, ambas partes se identifican con su DNI. Si hay acuerdo, se firma el acta en el acto y cada parte se lleva un ejemplar con sello y registro del centro.

Si una parte no asiste tras dos invitaciones, el centro expide el acta de inasistencia. Con ese documento quedas habilitado para demandar alimentos ante el Juzgado de Paz Letrado competente.

Cómo acordar la pensión: criterios, monto en soles y forma de pago

La pensión se fija según dos criterios que exige el Decreto Legislativo 295 — Código Civil: la necesidad del alimentista y la posibilidad económica del obligado, considerando su carga familiar. No hay una tabla oficial de porcentajes que obligue al conciliador, pero en la práctica se usa un monto fijo en soles (PEN) o un porcentaje de los ingresos, lo que sea más verificable y fácil de ejecutar.

Criterios que sí miran en la mesa de conciliación

  • Necesidad del menor: alimentación, habitación, vestido, educación, salud, recreación y, si corresponde, gastos de embarazo desde la concepción hasta el posparto.
  • Posibilidad del obligado: ingresos por planilla, recibos por honorarios, negocio propio o trabajo informal acreditado con declaración jurada y movimientos bancarios. Si el obligado oculta ingresos, el conciliador valora indicios y propone un monto fijo.
  • Carga familiar: si el obligado tiene más hijos con pensión vigente, su capacidad se distribuye. Por eso dos casos con el mismo sueldo pueden terminar en montos distintos.

Tabla de rangos y formas de pago más usadas en Perú

Forma de fijar la pensión Cuándo conviene Ejemplo en soles (PEN) Cómo se paga y qué poner en el acta
Monto fijo mensual Obligado independiente o con ingresos variables 600 soles (PEN) mensuales Depósito los 5 de cada mes en cuenta de ahorros del Banco de la Nación a nombre de la madre
Porcentaje de ingresos Obligado en planilla con boleta estable 30% de ingresos mensuales Retención vía empleador o depósito del porcentaje acreditado con boleta
Mixto: fijo + gastos puntuales Cuando hay gastos escolares o médicos estacionales 500 soles (PEN) + 300 soles (PEN) en marzo por útiles Base fija mensual y cláusula de reembolso contra boleta
Reajuste anual Para que la pensión no se licúe con el tiempo IPC o 5% anual Cláusula de reajuste automático cada 12 meses, sin nueva conciliación

Los rangos usuales que se ven en actas en Perú van de 20% a 40% de los ingresos por hijo, ajustados por carga familiar, aunque el porcentaje final depende del caso concreto. Cuando no hay ingresos demostrables, se acuerda un fijo en soles (PEN) que cubra la canasta básica del menor y se deja constancia de cómo se reajustará.

Fórmula práctica para llevar una propuesta seria

  1. Suma las necesidades mensuales del menor con boletas: alimentación, movilidad escolar, útiles, salud y vivienda proporcional.
  2. Verifica ingresos del obligado con boletas o declaración jurada.
  3. Propón un monto que no exceda su capacidad real, pero que cubra lo esencial. Si su sueldo es 2.000 soles (PEN) y tiene un solo hijo sin otra carga, un 30% son 600 soles (PEN).
  4. Define fecha de pago, cuenta bancaria, quien asume comisiones y qué pasa si se atrasa: interés y cláusula de ejecución del acta.

Ejemplo con cifras en soles (PEN)

Carla, en Trujillo, pide alimentos para su hija de 8 años. Acuerda con Jorge, que trabaja en planilla en una empresa de transportes: pensión de 650 soles (PEN) mensuales, que equivale a 30% de un sueldo de 2.167 soles (PEN), más 300 soles (PEN) adicionales cada marzo para gastos escolares contra boletas, con depósito los 5 de cada mes en cuenta de ahorros del Banco de la Nación a nombre de Carla. Incluyen reajuste de 5% anual cada marzo y constancia de que, si Jorge cambia de trabajo, mantiene el monto fijo de 650 soles (PEN) hasta nueva conciliación. Si Jorge incumple dos meses, Carla ejecuta el acta en el Juzgado de Paz Letrado sin nuevo juicio sobre el derecho.

Otro caso frecuente en Lima: padre con dos hijos en hogares distintos y sueldo de 3.000 soles (PEN). Si para el primer hijo ya paga 600 soles (PEN), para el segundo no se suele pactar otro 30%, sino un monto menor, por ejemplo 500 soles (PEN), para no superar su capacidad y mantener equidad. Por eso el conciliador siempre pide que cada parte lleve pruebas de otras pensiones vigentes.

Acuerda en soles (PEN), con fecha exacta, cuenta bancaria y reajuste escrito. Un acta sin esos detalles se vuelve difícil de ejecutar aunque tengas la razón.

Para ubicar tu sede, revisa el directorio de centros de conciliación gratuitos y, si vas por DEMUNA, verifica que esté acreditada. Si necesitas incluir cláusula de solución de conflictos para futuros reajustes, pídele al conciliador que la redacte en el acta.

Preguntas frecuentes

1. ¿Cómo funciona la conciliación de alimentos en la DEMUNA?

La DEMUNA municipal actúa como centro de conciliación extrajudicial gratuito: citan a ambos progenitores, mediadores especializados en familia guían la negociación y, si hay acuerdo, levantan un acta que se eleva al juez de familia para su homologación, adquiriendo fuerza de sentencia ejecutoriada según el Código de los Niños y Adolescentes (Ley 27337) y el D.S. 016-2008-MIMP.

2. ¿Es gratuita la conciliación de alimentos en la DEMUNA?

Sí, el servicio de conciliación en la DEMUNA no tiene costo alguno para las partes; solo se pagan las tasas judiciales posteriores —S/ 62,80 en 2026— al presentar el acta ante el juzgado de familia para su homologación, conforme al Texto Único de Ordenamiento de Tasas Judiciales (D.L. 1069).

3. ¿Existe un modelo oficial de acta de conciliación de alimentos?

No hay un formato único obligatorio, pero el Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables y el Poder Judicial difunden plantillas tipo que incluyen identificación de las partes, monto mensual en soles, forma y fecha de pago, cláusula de actualización anual por UIT y firmas; el juez verifica que contenga lo indispensable del art. 476 del Código Procesal Civil antes de homologar.

4. ¿Qué requisitos se necesitan para conciliar una pensión de alimentos?

Se requiere DNI de ambos progenitores, partida de nacimiento del menor, constancia de ingresos del alimentante (boletas, RUC o declaración jurada), dirección de domicilio para notificaciones y voluntad expresa de acordar; si el menor tiene más de 12 años, su opinión se recaba en audiencia según el art. 81 del Código de los Niños y Adolescentes.

5. ¿En la misma conciliación se pueden definir custodia y régimen de visitas?

Sí, la conciliación en familia es integral: en una sola acta se fijan alimentos, tenencia y régimen de visitas, siempre que no exista controversia sobre la filiación; el juez homologa el paquete completo verificando el interés superior del niño, conforme al art. 82 de la Ley 27337 y el art. 476 del Código Procesal Civil.

6. ¿Cuánto cuesta homologar una conciliación de alimentos ante el juez?

El trámite judicial de homologación exige la tasa judicial de S/ 62,80 (valor 2026) por expediente, más S/ 1,20 por cada foja adicional de notificaciones; no hay honorarios de abogado obligatorios si las partes comparecen solas, aunque se recomienda patrocinio letrado para revisar la redacción del acta.

7. ¿Se puede anular una conciliación de alimentos ya homologada?

Solo mediante demanda de nulidad de acta por vicio del consentimiento (violencia, dolo, error esencial) o por contener cláusulas contrarias al interés superior del niño, tramitada en el mismo juzgado que homologó; no basta el arrepentimiento ni el cambio de circunstancias, para lo cual procede la modificación de alimentos (art. 481 CPC).

Fuentes

  1. Uigv[PDF] La Conciliación Extrajudicial En Materia De Alimentos Y El …consultado el 05/09/2026
  2. GobSolicitar una conciliación en la Demuna – Trámiteconsultado el 05/09/2026
  3. LimamarcConciliación de pensión de alimentos en Lima | Centro … – Limamarcconsultado el 05/09/2026
  4. ConcytecLa conciliación extrajudicial en materia de pensión de alimentos …consultado el 05/09/2026